Empadronarse en piso compartido

Me gustaría saber que derechos adquiere una persona, cuando se empadrona en un piso compartido, con un contrato verba, l de alquiler de una habitación con derecho a uso del resto de la vivienda.

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Esto es complicado, pues un contrato de alquiler de una habitación y ademas verbal, no es la mejor forma de adquirir derechos...
Depende de algunas circunstancias, como que quien le alquile la habitación sea la propietaria de la vivienda o una persona que tiene alquilada la vivienda y luego alquila una habitación. En este ultimo caso, puede incluso estar prohibido...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Soy la propietaria y alquilo las habitaciones, me gustaría me aclarase si en caso de empadronar al inquilino, esto puede hacer que la situación cambie a nivel legal y adquiera algún derecho que no estaba contemplado en el contrato verbal.
A ver el lo primero es que el contrato de alquiler es igual de válido sea verbal o escrito, luego concede los mismos derechos, estén escritos o hablados. Lo segundo es que el acto del empadronamiento, es una cuestión meramente administrativa, eso si, a futuro esa dirección será la de notificación de por numero de personas, no le puedo decir nada más.

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