¿Como grupo tenemos por ley la obligación de ceder metros en especifico para el paso de dos familias?

Vivo en una comunidad rural, pertenezco a una congregación religiosa, a dicha congregación le pertenece un terreno en el que esta construida nuestra capilla, resulta que en el año 1982 se da un conflicto entre la congregación y una familia que vive frente de la capilla y al mismo tiempo colindamos, construye una galera en la parte que le corresponde a la congregación y estos deciden exigir mediante autoridades competentes la demolición de lo construido, al final la autoridad da el fallo a favor de la congregación pero esta tenia que pagar la construcción y otorgarle 2 metros del limite del terreno entre su casa y el terreno de la congregación y se realizo todo conforme a lo acordado, cuando ellos ya tenían salida a la calle paralela a la del conflicto, la casa solo era de un nivel y salían por esa calle, posteriormente construyen la siguiente planta y por el desnivel de su terrero esta da salida a la calle del conflicto, los padres heredan a sus 2 hijos pero esos terrenos no les dejaron salida a por el terreno de la calle paralela, a sabiendas de que el terreno de enfrente no es calle, pasados los años el terreno de la congregación no se cerco y hoy que deciden hacerlo por la falta de respeto a dicha religión y a la capilla pues hacen algunas personas sus necesidades, los perros entran y defecan, hoy los que heredaron no permiten cercar por que ellos dicen que ese terreno el que le pertenece a la congregación es publico ya que no se había cercado, la Iglesia decide ceder 3 metros para que ellos puedan transitar y prácticamente les quedaría como un callejón puesto que este no va a tener salida por que llega hasta la cancha que si es publica.

Ellos los herederos exigen que por derecho se les regale 6 metros que por que no pueden pasar con su autos, cuando nosotros alegamos que ellos ya tenían conocimiento que no es calle y sus padres cuando les heredaron debieron darles de su terreno salida a la calle paralela, consideramos que ellos actuaron con alevosia y ventaja.

Por lo tanto nosotros tenemos que ceder los metros que ellos exigen ya que son 2 herederos los afectados.

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Habría que conocer más datos, pero, de los que expone, parece que esa petición de los colindantes es abusiva

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com puede encontrar información sobre servidumbre de paso.

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