¿Se debe de especifica las vacaciones disfrutadas en nómina?

¿Es posible que en la nómina se especifique las vacaciones disfrutadas y además se disminuya del salario base la parte proporcional de los días en los que se esta de vacaciones, por ejemplo en mi caso 15 días?

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Posible es en el sentido de que la empresa puede hacerlo. Ahora bien, correcto no es, ya que las vacaciones de los trabajadores por cuenta ajena, por Ley, han de ser remuneradas.

Quedamos a su disposición para cuanto necesite en el email [email protected] y en el teléfono 951 71 50 41.

Por tanto, lo adecuado es que ese mes que ha estado de vacaciones 15 días no figure en la nómina ni tampoco se descuente del salario base la parte proporcional a esos 15 no?

Entonces ante una inspección de trabajo como se justificaría puesto que mi empresa me ha dicho que debe ser así porque si llega una inspección de trabajo de alguna manera tiene que justificarlo?

Se puede especificar sin problema. Incluso hay empresas que en el reverso de la nómina reflejan el cuadrante de horas cuando el trabajador lo es a tiempo parcial. Lo que no es correcto es dejar de remunerar los periodos de vacaciones puesto que las vacaciones han de ser remuneradas.

La empresa tiene muchas formas de justificar que el trabajador ha disfrutado de X días de vacaciones, con un simple documento firmado por el trabajador. Piense que el reflejo de las vacaciones en la nómina firmadas por usted justifica efectivamente su disfrute, pero no deja de ser eso, un documento firmado por usted, por lo que vale reflejarlo en cualquier otro documento o en documento independiente.

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