Si me subroga mi empresa, y la otra tardan varios días en cogerme ya que no nos pueden "asumir", ¿Se considera despido?

Mi empresa "X" (empresa externalizada) con la cual llevo trabajando dos años, por motivos económicos, al cliente, no le interesa su servicio, con lo cual el cliente ha contratado a otra empresa "Y" la cual por obligación me tienen que subrogar. Pero esta empresa "Y" no me pueden asumir, con lo cual estoy sin ir a trabajar, a la espera de que me llamen. Ellos dicen que igual, lo pagan.. Pero no me lo creo. En esta situación, ¿puedo reclamar finiquito y paro? ¿Seria un despido improcedente? Yo finalize con la empresa "X" el día 30. Y supuestamente debía de empezar con la "Y" a día de hoy, pero como he dicho antes no me pueden asumir y estoy sin ir a trabajar a la espera de su llamada.

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Estimada Lara,

Si usted tenía un contrato indefinido -y no un contrato fijo discontinuo- o un contrato por obra y servicio, y la empresa le ha finalizado, sin haberle dado de alta la nueva -compruébelo en su vida laboral-, habiendo una subrogación empresarial y no le han incorporado, yo lo consideraría despido.

En cualquier caso, antes de continuar como despido, mandaría un burofax para que se aclarase su situación, y de no contestar -o según la respuesta- iniciaría la papeleta de conciliación.

Sepa que los plazos en Derecho Laboral son cortos, para despido 20 días hábiles, siendo agosto un mes hábil a estos efectos.

Le dejo mi correo electrónico si quiere más información sin compromiso sobre el procedimiento y mis servicios profesionales.

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