Que pasa si olvide presentar la renta del 2016

Acabo de presentar la declaración de la renta de este año y me acabo de dar cuenta que el resultado del año pasado era 24,24. ¿Debería haberla presentado no? Que pasa ahora, ¿se darán cuenta de no la presenté? ¿Qué sanción conllevaría?

1 Respuesta

Respuesta

Tendrías que comprobar si estás obligada o no a presentar declaración de renta. Te paso los limites establecidos por la Agencia Tributaria:

134873-obligacion de declarar: limites generales

    Pregunta
  • ¿Quiénes tienen obligación de declarar?

    Respuesta
  • En general todos contribuyentes están obligados a presentar y suscribir declaración por el IRPF.

    No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes, ya sea en tributación individual o en conjunta:

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.

    Este límite será de 12.000 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos:

    Cuando procedan de más de un pagador, salvo determinadas excepciones.

    Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

    Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

    Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

    Y/o rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

    Y/o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

    • O bien:

    Rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

El total de ingresos íntegros computables es 21.224

Si el total de esos ingresos provienen del mismo pagador, no tienes obligación de presentar renta. En el caso de que hayas tenido varios pagadores, si la suma de los ingresos brutos del segundo y siguientes pagadores por orden de cuantía no han sumado más de 1500 euros, tampoco estas obligada. En cambio si superasen ese importe de 1500 euros, sí que estarías obligada a declarar.

Provienen del mismo pagador. Muchas gracias me has quitado una gran preocupación!

Ok, entonces perfecto!

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas