Se puede restar las primas al cobro de capital de seguro colectivo de empresa en el I. R. P. F.?

En 2017 cobre capital por I. P. T del seguro de mi empresa, me ha llegado el certificado del seguro en el cual viene el capital, la retención y las primas. Pero en hacienda no consta el importe de la prima. ¿Se puede restar el importe de las primas al capital recibido a efectos de la declaración de la renta aunque el tomador sea la empresa?

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ES más una pregunta para un asesor fiscal, pero creo que no. Puesto que habrá sido la empresa la que se lo haya deducido durante este tiempo, y si no se deduciría dos veces.

Muchas gracias, en mi nómina me contabilizaban las primas y me retenían la parte de irpt por esa cantidad pero a final de año se computa como pago en especies al igual que venía todos los meses en nómina, como el seguro me mandó certificado con capital, retencion irpf y primas abonadas a efecto fiscal aunque el tomador sea mi empresa, hay está la duda. 

Sigo entendiendo que no, pero no lo sé con seguridad. ¿Ha probado a hacer la consulta a Hacienda?

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Consultalo con un economista o asesor fiscal.

Gracias, espero que haya alguien capacitado para que me la pueda resolver en este foro. 

Estamos capacitados para MEDIAR en seguros privados, Ley 26/2006, no para hacer declaraciones de la renta. Pida cita en la Agencia Tributaria y que le hagan la declaración. Por cierto se la hacen gratis.

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