¿Puedo pedir una incapacidad teniendo una enfermedad congénita?

Actualmente estoy de baja por una espóndilo discopatía múltiple, aparte de esto tengo sinostosis radiocubital congénita con 5cm de fusión, que me está afectando mucho a la hora de desarrollar mi trabajo (camarera de pisos) al ir al tribunal médico me han dado el alta porque consideran que mi espalda si no mejora es por mi "poco interés" en realizar ejercicios para fortalecerla, ni que decir que esto no es cierto. Además la enfermedad que afecta a mis brazos, me han dicho que no es de la incumbencia de la SS. SS al ser congénita, ¿puedo pedir algún tipo de discapacidad? Después de un reconocimiento médico de la empezó me reconocieron un "apto con limitaciones" pero aún así sigue siendo un trabajo muy duro para mi, y siento que con los años cada vez más...

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Estimada Patricia,

No indica su edad, que es un factor muy importante a la hora de gestionar una incapacidad permanente, no obstante conozco el tremendo esfuerzo diario al que están sometidas las camareras de pisos ya que en el despacho he tenido que gestionar la incapacidad de algunas de ellas.

Dicho lo anterior, hay que distinguir por un lado las discopatía en la cual tendrá usted que someterse al tratamiento que le prescriba su médico de cabecera (rehabilitador, fármacos etc..) y en su caso intentar acudir a la unidad del dolor si fuera preciso para que le hagan un seguimiento.

Por otro lado, en cuanto a la enfermedad congénita que comenta, únicamente es posible solicitar la incapacidad permanente si se ha producido un AGRAVAMIENTO de la misma a partir de su contratación, por lo que es un tema bastante complejo.

Estaré encantando de atenderla telefónicamente o por correo de manera personalizada y sin coste si usted quiere en la dirección de correo o teléfono que le facilito.

Un cordial saludo.

[email protected]

951 71 50 41

Tengo 33 años y una discapacidad de 38% a causa de la sinostosis. 

Podría ser agravamiento las dolencias de la espalda a causa de no poder coger y manipular cargas correctamente con las manos? 

Estimada Patricia.

El agravamiento que comento se refiere a la sinostosis en sí no a las dolencias de espalda potenciadas por la sinostosis.

En cualquier caso el tener una minusvalía del 38% por sinostosis no implica automáticamente que sea usted merecedora de una incapacidad permanente, pues son dos campos distintos aunque interconectados, la minusvalía y la incapacidad permanente.

En cualquier le facilito mis datos de contacto si desea plantear mas cuestiones vía email o telefónicas sin compromiso.

[email protected]

951 71 50 41

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