Quiero volver a españa después de 2 años fuera, pero tengo la tarjeta de residente comunitario válida hasta 2020.

Soy brasileña casada con un ciudadano comunitario (Italiano). Vivimos en España por un periodo de 11 meses el en año de 2015.

Lo que pasa es que en 10/09/2016 hemos tenido que volver a Brasil. Fue una burocracia muy grande y he tenido muchas cosas que resolver por eso estoy aquí hasta hoy. Ahora ya esta todo resuelto y necesito volver.
Mi NIE y mi tarjeta de residente comunitario también es válido hasta 2020, es el primero válido por 5 años. ¿Ya qué el tiempo máximo fuera de España seria de 6 meses que puedo hacer para volver sin tener ningún problema?
Si consigo entrar en España mi residencia estará vigente, ¿podré trabajar y vivir normalmente?

¿Cómo saber si mi tarjeta todavía es valida y no ha sido extinguida?

¿Es mejor que saco otro pasaporte para así evitar los selos de la inmigración?

Respuesta

Estimada Ana: En su caso se podrá averiguar sobre la validez de su tarjeta NIE, ya que como usted bien dice, extranjería puede extinguir la autorización de residencia si el extranjero ha estado fuera de España más de 6 meses en un año, con lo cual, al momento que usted regrese a España podría tener inconvenientes al momento de ingresar en caso que muestre su tarjeta de residencia en puesto fronterizo aeropuerto. Dicho esto, en caso que no sea válida, tendrá que presentar una autorización de residencia inicial de familiar comunitario de igual forma que hizo en el año 2015. En su caso le recomendamos agendar cita con nuestros abogados para que le podamos ayudar en su caso, si tiene mayores dudas también nos la puede hacer a través del siguiente enlace:
Tolentino Abogados

Gracias por la contestación.

Mi gran duda es sobre la entrada mía en España, una vez que mi tarjeta no es más valida y mi passaporto brasileño tiene validade hasta 2020, pero tiene también los selos de la inmigración de entrada en 2015 y salida en 2016, o sea, em mi passaporto es como tuviera me quedado más tiempo que lo permitido por ley.

¿Puedo justificar esta permanencia más do que la permitida, apresentando mi tarjeta, aunque esta no sea más valida?

¿Esta autorización de residencia inicial de familiar comunitario de igual forma que hizo en el año 2015, es cual? ¿Es un certificado de matrimonio internaccional? Todavía tengo todos los documentos que hizo en 2015 para tener la primera tarjeta.

Muchas gracias

Le recomendamos agendar cita con nuestros abogados a través del siguiente enlace: Lo anterior para responder cada una de sus dudas y poderle ayudar en su caso.

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