Discapacidad por cefalea crónica diaria.

Acaban de verme en neurología y me han diagnosticado pone literalmente. Cefalea crónica diaria de carácter mixto con abuso de analgesia. POSIBLE MIGRAÑA TRANSFORMADA mi pregunta es la siguiente con ese cuadro que presento que grado de discapacidad podría obtener ya que paso por el tribunal medico muy pronto en sevilla .

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I. Buenas Compañero, le agradezco que me diriga su consulta aunque por desgracia no estoy seguro de la respuesta,

Como explican en este informe, -por favor revíselos cuando sea posible-

https://incapacidadtrabajo.es/incapacidad-permanente-migrana-cronica/ 

Que la migraña sea o llegue a ser una discapacidad de peso depende de una serie de factores, la gran mayoría de ellos se drigen a la repercusión que la migraña implica en su vida diaría, es decir, hasta qué punto los dolores y molestias de cabeza nos restan calidad de vida, en caso de ser permanentes o muy continuos y no poderse alviar en gran medida, estaríamos ante un problema/cuadro muy incapacitante.. a m juicio merecedor de un 50% al menos de discapacidad, pero sólo es una estimación particular.

El problema actual (según tengo entendido), es que a diferencia de hace unos quince años, el tribunal de valoración, valora las enfermedades con un baremo muy bajo, y esto se refleja en la cuantía del porcentaje.. una enfermedad que en el año 2001 era tipficada como de un 35%, hoy día, puede no llegar ni al 30%. Por supuesto, existen otros factores que se me escapan.

En este momento la cantidad de personas aquejada de migraña en el mundo es sorprendente, y en España no para de aumentar, muchas de las personas afectadas son discapacitados, es decir, que tienen otorgado un porcentaje del 33% o superior,

https://www.lainformacion.com/asuntos-sociales/salud/enfermedad/pacientes-discapacidad-utiliza-medicacion-correcta_0_953004958.html 

Al margen de la discapacidad, y como suelo comentar casi siempre en estos casos, pienso que es tambien imperativo solicitar una incapacidad laboral parcial/permanente/total (la variante que le corresponda), para su profesión habitual, desde una oficina del INSS o en el SEPE/Inem. Incapacidad laboral y discapacidad son conceptos diferentes, que no se incompatibilizan entre sí: podemos tener ambos a la vez, y beneficiarnos de sendas prestaciones, en caso de que la discapacidad alcance un 65% (como sabrá, en ese escenario pasaría a percibir una pensión no contribitiva)

https://incapacidadtrabajo.es/incapacidad-permanente-migrana-cronica/ 

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PensiondeIncapacida45982/index.htm 

otra opción, para personas mayores de 45 años, es este subsdio,

Lamento no saber más, mucho ánimo y a ver qué puede aportar un experto.

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