Pagan IVA las clases de pilates, yoga, etc?

Llevo un tiempo dando clases sueltas y ahora me ha propuesto una persona que tiene local el darme de alta como autónomo, pero tengo apenas 10 clientes. ¿Puedo hacer publicidad para atraer mas personas antes de darme de alta? ¿Hasta cuánta facturación o tiempo puedo estar sin estar dado de alta? ¿Están excentas de IVA las clases de cualquier área o solo algunas específicamente? Sé que lo mejor es contactar con una gestoría, pero me urge atraer mas gente para que la cosa funcione pero tengo la duda de si estaré en riesgo de que me apliquen una multa o me hagan cesar la actividad.

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Las clases de Yoga, tributan por IVA, y están sujetas al 21%. Si facturas a otra empresa por las clases realizadas, al ser empresario tendrá que practicarte una retención mínima del 7%, aunque lo regular es el 15%, entendiendo que es el primer año de tu actividad.

En Hacienda, te tienes que dar de ALTA siempre, desde el principio, pues sólo pagas por lo que ingreses, en Seguridad Social, también debe ser así, aunque en ciertos casos se permite no cotizar sino se tiene el SMI en cómputo anual, aunque implica siempre sus riesgos, porque la Seguridad Social, tiene tu alta efectiva de Hacienda, ya que hay coordinación entre ambas administraciones.

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Bajo mi punto de vista estás corriendo un riesgo elevado si te pones a trabajar sin estar dado de alta en autónomos. Si accedes a la tarifa plana de 50 euros para autónomos el coste entiendo que sería asumible . Respecto a no llegar al SMI como comentan, efectivamente tiene sus riesgos, ya que si se contempla habitualidad por la inspección, pueden sancionar y luego deberás demostrar que no era así. Respecto al IVA nada que añadir a lo comentado que me parece muy correcto.

¡Gracias! 

De nada. Añado articulo de como cumplimentar el modelo 303, aunque supongo que dispondrá de un asesor para ello.

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