¿Debo de darme de alta como autónomo?

Trabajo por cuenta ajena a jornada completa y pretendo llevar la contabilidad a un par de clientes en el poco tiempo libre que tengo y, como es normal, ambos me piden factura, por lo que debería darme de alta como autónomo. La duda me surge al ver que existe una jurisprudencia que "permite no pagar la cuota de autónomos" siempre que no se desarrolle la actividad cumpliendo el requisito de habitualidad (sería mi caso, ya que sólo le dedicaría 6 horas a la semana, a lo sumo) y que mis ingresos no superasen el SMI (en principio no voy a llegar ni a la mitad). Necesitaría saber si sería posible y, en el caso de que lo sea, que debo hacer ante la seguridad social para que me exima del pago de autónomos.

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Lo único que se me ocurre si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35 que puedas acogerte a la bonificación de 30 meses del 30 % de las cuotas ( más o menos 177 euros)

Evidentemente no cumples el requisito de la habitualidad, por lo que yo creo que te darían de alta en autónomos, aunque la última palabra la tiene la SS.

El PP tiene en proyecto para los que ya están en el Rgeneral y quieran darse de alta de autónomos una reducción de las cuotas, pero todavía está en mente, no salió nada.

Otra cosa que se me ocurre es que emitas una factura al final por el importe total, así no cumples el requisito de la habitualidad, pero no sé si en ese caso superarías el SMI.

Y si no cumplo el requisito de habitualidad, que a fin de cuentas es en lo que se basa dicha jurisprudencia, ¿por qué estaría obligado?

Si, no cumples el requisitos de la habitualidad... ej. un aficionado pintor que tiene suerte y vende un cuadro... de 500 euros... pues no debería darse de alta...

El mismo aficionado que vende un cuadro de 1000 euros... debe darse de alta por superar el SMI, aunque se dé de baja al día siguiente. La cuota es mensual y no cabe fraccionarla, pero no hay inconveniente en darse de alta y de baja cuanto vayas a facturar... es decir, el pintor mientras pintó el cuadro no necesitó estar de alta.

Yo creo que deberías estar de alta puesto que va a ser una actividad que se supone que se prolonga en el tiempo, pero al fin de cuentas quien tiene la última palabra es la SS, coméntalo con un funcionario, pero mi opinión es que si vas a emitir varias facturas seguidas en el tiempo te dar´an de alta, incluso de oficio.

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