¿Cuales son los cauces para hacernos pagar las deudas heredadas?

Finalmente hemos aceptado la herencia de mi padre con una deuda hipotecaria y ahora mi madre que en un principio nos dijo que la iba a pagar y que no nos preocupáramos ha mandado a su abogada a decirnos que hemos de pagar, tenemos un 36% cada uno. Además de eso la abogada ha incluido en la deuda un prestamo personal que mi madre rogó a mi hermano que le sacara (se entiende que el préstamo está a nombre de mi hermano y en su cuenta) porque dice que se utilizó para completar la ampliación de la casa... Estamos desolados y nos preguntamos cuáles van a ser las vías, paso a paso, para que ella efectivamente nos reclame ambas cosas, y si no hay nada que nos ampare.

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Deben ponerse en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y les ayude.

La deuda hipotecaria se la reclamara directamente el banco... y si no pagan, iniciaran un procedimiento de ejecución hipotecaria (judicialmente) que puede terminar en un embargo y subasta del inmueble.

En cuanto a la deuda de su hermano, sucede lo mismo... su madre entendemos que no les reclamará, sino que serán los deudores los que lo hacen.

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Aqui hay dos casos distintos:

1) La hipoteca la tenéis que pagar entre todos los herederos en la proporción en lo que hayáis recibido de herencia. Tu madre debe formar parte del “paquete”, pues seguro que ella también heredó.

Me temo que tenéis un problema a la vista con quien no quiera pagar. Y, naturalmente, si no cubrís las quotas de la hipoteca, el banco embargará la casa, con lo que perderéis todos.

2) La deuda de tu hermano es suya exclusivamente, independientemente de a que se destinaron los fondos.

Es posible que tengáis que acabar en las manos de un abogado.

Muchas gracias por su respuesta, en este momento mi madre a efectos de testamento de mi padre y su herencia ha elegido el usufructo vitalicio o universal (perdone mi ignorancia) tiene 61 años y la cosa ha quedado 28%ella, 36% mi hermano, 36% yo. Mi hermano tiene los papeles de la hipoteca en la que figuran ambos, mi fallecido padre y ella como responsables de satisfacer la cuota y estaban en gananciales, si es así no sería posible que ella pagara su mitad, y de la mitad de mi padre la pagáramos entre los tres, en las proporciones que dicta La herencia antes mencionada? Porque aquí heredamos de él, no de ella, o no tiene nada que ver?

La mitad de la casa es de vuestra madre y, por tanto, la mitad de la hipoteca es ella quien la tiene que seguir pagando. La otra mitad de la casa es vuestra, a medias con tu hermano, así como la mitad de la deuda. Por tanto, para que me entiendas, tu hermano tiene el 25% de la casa, y tu el otro 25% aunque no podáis disfrutar de ella hasta que vuestra madre se muera. Pero tampoco ella la podria vender. De ahi el usufructo. Por la misma razón, vosotros tenéis que pagar la mitad de la hiooteca, 25% tu y 25% tu hermano; no el 36% cada uno. Creo que tendréis que buscaros a vuestra vez un abogado que os defienda pues la cosa no pinta bien.

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