¿Se puede vender una casa sin boletín eléctrico y sin saberlo el comprador?

He comprado una vivienda que tuvo luz hasta el 2013 cuando se dió de baja. Ahora Iberdrola me pide un boletín eléctrico entre otras cosas.

Yo he comprado la vivienda sin saber esta particularidad y sin haber sido informado por la inmobiliaria en ningún momento. ¿Deberían haberme avisado ates de firmar?

¿Pueden hacer la venta sin haberme avisado de esto?

2 respuestas

Respuesta

En la escritura de compraventa aparece una descripción de lo que vd compra, dependiendo de esa descripción podrá ahora reclamar o no por la circunstancia que describe.

Respuesta

El boletin electrico, es un documento que piden las Cias electricas a todas las casas que se dieron de baja de la luz,... (mas si es una vivienda antigüa ) al solicitar el alta, lo suelen pedir las Cias.

Por tanto, la ley no obliga al vendedor, a tener dada de alta ni la luz,.. ni el agua, ni el gas,.. cuando la vende, incluso mas de la mitad de las casas cuando se venden tienen la luz y otros suministros dados de baja,.. ademas es lógico, si una vivienda desocupada tarda varios años en venderse,.. el dueño no va a estar todo ese tiempo pagando servicios que no utiliza.

Por otra parte, Utd. Antes de firmar,... ya sabia que tenia la luz dada de baja desde hacia unos tres años,.. veria al menos que no se podia dar la luz cuando vio la vivienda.

LLame a un electricista autorizado,.. que eche un vistazo a la instalacion y si no existe ningún problema, que está todo en orden, le extenderá el boletin para entregarlo en la Electrica,... al fin y al cabo, si tiene alguna falla importante,... como no tener un interruptor diferencial, o una puesta a tierra, o instalacion de cableado muy fino por antigüo,... es un bien de seguridad para Utd.

Cuando se compra una vivienda usada, estas cosas es el comprador quien tiene que preocuparse de éllo,.. si tendrá o no que cambiar esa instalacion,.. o allguna tuberia de agua,.. o similar,... para ello se negocian los precios de compra,...

Finalmente, el estar dado de baja el suministro electrico es perfectamente legal, en cualquuier caso, para ponerlo a nombre suyo, primero hay que darlo de baja del dueño,... al darlo de nuevo de alta,.. el dueño no pone ningún problema burocratico,... es iberdrola quien tiene esa norma para dar de nuevo la luz,... seria caso de ir contra Iberdrola,.. lo cual seria inutil totalmente,...

No estoy de acuerdo con Pedro apellidado como Abogado sobre las escrituras,... en las escrituras no se puede poner cualquier chorrada,... la ley obliga 8entre otros) a decir en las escrituras si tiene o no CARGAS la vivienda,... el dar de alta el suministro electrico, por estar dado de baja,.. no es ninguna carga, es un acto administrativo para acordar con las compañias electricas,... el vendedor no puede interactuar en un contrato privado que firmaran a posteriori de la venta, comprador y suministrador.

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