Ampliar potencia contratada y cambiar instalación eléctrica en vivienda anterior a 1.977

Acabo de adquirir una vivienda en Madrid de construcción anterior al 77. La instalación está totalmente obsoleta, por lo que debo cambiarla por completo, ya que quiero ampliar la potencia contratada a 7360W. El cuadro eléctrico contaría con ICP de 32A, IGA con protector contra sobretensiones permanentes integrado de 32A, diferencial de 40A y 7 PIA:
C1: 10A iluminación, 3x1’5 C2: 16A usos varios y nevera, 3x2’5 C3: 25A cocina y horno 3x6
C4.1. 16A lavavajillas, 3x2’5 C4.2. 16A lavadora, 3x2’5 C4.3. 16A Termo, 3x2’5
C5: 16A Tomas de corriente húmedas (cocina y baño). 3x2’5
Revisando la normativa me han surgido varias dudas al respecto.
1. Tanto la vivienda como el edificio carecen de toma de tierra. Entiendo que por ello no estoy obligado a colocarla, al menos de momento. Mi idea es pasar los cables de tierra por los tubos aprovechando la reforma para cuando se instale la toma de tierra en el edificio. Mi duda es si debo dejarlos “sueltos” o conectar la tierra a los mecanismos que los precisen, aunque de momento no sea efectivo.

2. La derivación individual desde los contadores hasta el ICP es de 6 mm, ¿suficiente para esta instalación, o debe ser al menos de 10mm? Si la sección fuera la correcta, al no estar libre de halógenos no se ajusta a la actual reglamentación. ¿Estoy obligado a sustituirla ya para obtener el boletín? ¿O es suficiente con cambiar el cableado interior de la vivienda, además de los mecanismos de protección? Lo de cambiar la derivación individual después lo digo porque en algún momento el edificio deberá contar con línea de tierra y todos los vecinos estarán obligados también a cambiar la derivación individual. Supongo que sería más económico hacer una reforma colectiva y se evitarían múltiples derivaciones individuales por el patio de luces, algo poco estético.

3. El diámetro actual de los conductos es de 10mm. Según la normativa el diámetro mínimo aceptado es 16mm. Entiendo que la seguridad es primordial y que no debe escatimarse en gasto, pero al ser la vivienda anterior a 1.977, ¿podría utilizar ese conducto para C1 o estaría incumpliendo igualmente la ITC-BT 19?
¿Los conductos deben ser también libre de halógenos, o solo el cable eléctrico?

4. Al carecer de toma de tierra solo puedo conectar un protector contra sobretensiones permanentes. ¿Es suficiente para respetar la ITC-BT 17?

5. Actualmente tengo instalado un ICP de 10A. Cuando instalen el ICP de 32A supongo que pasarán unos días hasta que el instalador entregue el boletín y la compañía suministradora haga efectivo el cambio de potencia contratada. Durante esos días de espera, ¿habrá algún problema por tener instalado un ICP de mayor potencia a la contratada? Supongo que bastará con conectar el menor número posible de aparatos electrónicos hasta que se formalice el cambio para evitar que el ICP salte constantemente.

6. El número mínimo de puntos de utilización, ¿es de obligado cumplimiento solo para viviendas de nueva construcción? Quiero decir, ¿puedo fijar yo mismo mis mínimos de confort para obtener el boletín, e ir ampliando según necesidades?. Obviamente respetando siempre el máximo permitido por circuito y su sección correspondiente.

Muchas gracias de antemano. Todas estas preguntas son para saber qué es lo estrictamente obligatorio y poder ahorrar algo de dinero sin dejar de lado la seguridad, además de hacerme una idea previa del coste de la reforma cuando empiece a pedir presupuestos.

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Te comentare dos cosas, si el edificio es del 77 le queda muy poco para que le venga la inspección de edificios, y en la inspección de edificios os obligarán a poner toma de tierra.

No creo que ningún electricista te firme el boletín sin la instalación conectada a tierra, si quieres dar de alta la luz antes de que la finca ponga toma de tierra tendrás que contratar a un electricista para que te ponga una en la parte más profunda y húmeda del edificio, yo hablaría con la comunidad y que actualicen la instalación, es vieja no pasará la inspección en ese estado. Es un gasto que habrá que hacer la cuestión es si estarán de acuerdo los vecinos. Es una seguridad extra debería interesarles.

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