Se puede aprobar en junta rectora contra junta general

Venimos teniendo problemas en nuestra comunidad, somos 146 vecinos y anualmente nos juntamos en junta general, donde acudimos unos 25 o 30, en las actas de dichas juntas contínuamente pone la expresión "se hablará", cuando algo no se aprueba y se deja para más adelante, la realidad es que se están acometiendo cosas con la aprobación de junta rectora donde solo acuden 2-3 personas (palmeros del administrador), en concreto se han puesto dos puertas en patios con un coste superior a 10000€ cuando en la junta se dijo "se hablará", pues se propuso un presupuesto para elevar dichas puertas y poner muelles para evitar ruidos en vez de cambiarlas, directamente se han puesto y preguntado a la administración que cuantos componían la junta rectora que lo aprobó, me dijo que 3, también se renueva en junta rectora el mantenimiento y suministro de gas natural con un gasto de casi 100.000€ y contra la voluntad de junta general que se acordó cambiar a la mejor oferta, pero para cuando hacemos la junta general, uno y otro año, se les ha renovado por la junta rectora, esto conozco que es reprobable solo por el hecho de no acatar la voluntad de una cantidad considerable de gente, ¿pero se les puede amenazar o esta actitud constituye algo que se les pueda echar en cara?

Añadir que trabajan con una pequeña empresa constructora donde sus presupuestos por trabajos iguales o inferiores tienen costos superiores en un 30%, o llamativo que las puertas habladas las cambie dicha empresa constructora y no una empresa de aluminios o dicha empresa constructora también se lleve un presupuesto de poner luces led (5000€) en vez de un electricista.

1 respuesta

Respuesta
1

En las comunidades, los que toman las decisiones son TODOS los propietarios (la junta de propietarios). Las decisiones no las toma el administrador, ni lo que usted denomina ' junta rectora' (que desconozco a qué se refiere, pero imagino que son los cargos: Presidente, vicepresidente -si hay-, secretario/administrador, ...).

Si en su comunidad están tomando las decisiones un par de vecinos, amparándose en sus 'cargos' y en contra de la voluntad de la mayoría, deben ustedes tomar medidas inmediatamente.

Para empezar, relevarlos de sus cargos y, según cómo, emprendiendo acciones legales en su contra.

La Junta rectora es algo que se ha inventado el administrador , compuesto por el presidente y los vocales de los 12 portales, para aprobar cosas y no tener que discutirlas con con 30 o 40 vecinos que vayamosnanla Junta general,  pues a la hora de la verdad a esa Junta rectora cuando la convoca el administrador sólo acuden 2 o 3, que son de su cuerda y para que firmen lo que el administrador quiera , asi nos va, que nos saqueanmás cuentas,  dinero no falta pero se aceptan presupuestos muchísimo más altos que otros.

Gracias

Como le digo, en su mano está cambiar esa situación. Ni el administrador ni dos o tres vecinos pueden pasar por encima de la mayoría

Gracias, por donde puedo empezar?, el presidente actual es un acojonadillo que se han aprovechado de su poca personalidad, puedo intentar traerlo al buen orden o como dices medidas legales, el administrador es abogado y supongo que se las sabrá todas, yo por donde puedo empezar?

Gracias 

Que el administrador sea abogado no les debe asustar. Si la mayoría quiere cambiar la situación, basta con convocar una reunión, destituir a los cargos actuales y nombrar a otros. Si además cambian de administrador, mucho mejor.

Hola, vaya situación,  el,presidente convocó Junta extraordinaria pero venía viendo una actitud ambigua , hoy le he propuesto presentar dimisión elegantemente , diciendo que no era consciente de que cintravenian la LPH al vetar a vecino voluntario presentarse y elegirse entre los vocales que tocaba, por aprobar gastos importantes de espaldas a la Junta de propietarios, no contando su aprobación en acta  y me dice que estaba hasta los cojines!,, le he dicho que le entiendo, pero yo propongo transparencia y otros opacidad, me ha dicho que iba a desconvocar la Junta (para 27-11-2017), supongo que puede , pero con cuanto tiempo?,  podemos seguir reuniéndonos los que sea y valorar demandar?, se puede demandar incluso a nivel persknal, gracias,, luego habría que valorar costos, costas, pero simplemente que sirva como ejemplo

Gracias

Una Junta convocada puede desconvocarse o suspenderse hasta el mismo día en que debía celebrarse.

Si tiene usted el suficiente apoyo (al menos, el 25% de propietarios y cuotas), puede convocar una Junta y valorar si quieren demandar. También puede hacerlo a título personal, naturalmente.

gracias eso estaba valorando, hacerlo a título personal , ya le he enviado al presidente un whassap diciendo que van a ser denunciados y que de él depende, defendiendo la transparencia y participación de cualquier vecino en los temas de la comunidad, se llevan a cabo gastos sin aprobación de junta de propietarios

puertas metalicas 12000€

no aceptación mejora gas-mantenimiento con otra empresa 10000€ de perjuicio, etc...etc...

lo que desconozco lo que me podría costar pleitos, costas, etc... si tuviera razón, que soy consciente de como funciona todo y tengo las actas , presupuetos y gastos de la comunidad, presupuestos de mejora mantenimiento, etc...

mil gracias, podrías orientarme en el tema costas y costes si recaerían en mi dándome la razón un juzgado?

Si se plantea seriamente emprender acciones legales, lo que debe hacer es acudir a un abogado, para que valore su caso y le pueda asesorar.

Gracias poliplos por su ayuda, hay tanta opacidad y corporativismo que me veo impotente, he hablado con 2 propuestas de administrador y evidentemente no es competencia suya orientarme en esto (no dudo que las 2 propuestas son muchísimo más legales), he mandado la consulta exponiendo el tema a un abogado conocido y no responde, ayer mandé un burofax a la administación solicitando la documentación que le llevamos requiriendo vía email y con presencia del presidente en su oficina, desde el 8-11 y le pedí la paralización de las obras que no hubieran sido aprobadas en junta de propietarios y no fueran de extraordinaria necesidad, hoy tenía en la comunidad los albañiles, están todos días, se sacan un sueldazo y es una comunidad de 8 años, no entiendo las necesidades, el colegio de administradores de fincas no le puedo preguntar, pues le pregunté y he visto que en su composición un vocal es nuestro administrador, sería más fácil denunciaar al anterior administrador, el que se opone a la transparencia, el que me vetó a la presidencia aludiendo que era entre los que tocaba junta rectora?,  luego como no contacto con nadie, me gustaría valorar si ganases los costes y costas, y si no ganases, orientativamente.

Será complicado que alguien pueda darle un coste orientativo con tan poca información. Debería usted consultarlo con un abogado, al que le pueda detallar sus pretensiones y aportarle todos los datos y documentos que pueda, tal como le comentaba antes.

En cualquier caso, éste es un tema que se aleja del objetivo de este foro, que trata de las Comunidades de Propietarios. Le aconsejo que, si quiere seguir con esta consulta, la plantee en "Derecho y Leyes". Aunque, insisto, es complicado que pueda obtener una respuesta concreta y fiable. Pienso que es un tema que requiere un análisis más detallado que una mera consulta desde la distancia.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas