Alta en otra empresa en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas

A fecha de 15/09 finalizó mi contrato a jornada completa en la empresa que estaba y, en un principio, a fecha de hoy (17/09) me darán de alta en otra empresa también a jornada completa.

Resulta que esta mañana he consultado mi informe de vida laboral y me encuentro con que estoy de alta desde el 16 al 29 de septiembre en situación de vacaciones retribuidas y no disfrutadas.

¿Se llevará a cabo mi alta hoy en esta nueva empresa aunque esté de alta en la otra?

Me va a suponer algún problema a nivel económico, ¿con hacienda o con la seguridad social?

2 Respuestas

Respuesta

No habría ni un problema, pueden darte de alta en la nueva empresa, ya no tiene obligación alguna con la anterior empresa. Se tiene que hacer de esa forma ya que no pudo disfrutar de sus vaciones mientras trabajaba, por lo que deben abonárselas y cotizarlas al finalizar.

No le va a perjudicar de ninguna manera, usted al realizar la declaración de la renta el próximo año debe incluir lo obtenido con ambos trabajos, pero no influye si estuvo en ambos a la vez o no.

Respuesta

Vale, esto es muy común, todos creen, tanto para comenzar a trabajar en otra empresa, como para solicitar la prestación por desempleo. Al finalizar o suspender un contrato, en el finiquito se te paga las vacaciones no disfrutadas, pero estas son "disfrutadas y pagadas", por lo que la empresa te sigue manteniendo de alta hasta la fecha del termino de las vacaciones no disfrutadas.

En tu caso, perfectamente puedes comenzar a trabajar en otra empresa. Al estar de alta en dos, es lo que se contempla como "pluriactividad".

Problema con la seguridad social ninguno, con hacienda tampoco, no vas a ganar mas, es lo mismo, estos días de vacaciones ya lo cobraste en el finiquito, por lo que lo declararás el año que viene. Y lo que vas a ganar a la vez también y listo.

Solo hay una cosa que le debes comunicar a tu empresa nueva, que es respecto a la cotización, ya que no se cotiza por las dos igual, mientras no finalice las vacaciones claro. En este caso, la empresa anterior ya ha cotizado. Te dejo el enlace a la web de la Seguridad Social donde te lo explica SS.SS

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