Obligatoriedad pago administrador de fincas

El administrador de fincas de mi comunidad de vecinos incumple sustemáticamente sus obligaciones de información y actúa de parte de algunos vecinos en detrimento de otros. Cuenta con el apoyo de la mayoría de los vecinos pese a resultar demostrable el incumplimiento de sus obligaciones. ¿Estoy obligado a pagar sus honorarios aun no tratándose de un servicio imprescindible?

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Respuesta

Usted abona una cuota de gastos ordinarios, correspondiente de aplicar su coeficiente de participación a un presupuesto anual aprobado por mayoría en la Junta Anual Ordinaria de la Comunidad.

Usted no paga, en concreto, al Administrador. No puede descontar la parte correspondiente a un servicio u otro. No puede descontar de su cuota el equivalente a los servicios que no utiliza o los que considera innecesarios.

La única forma de solucionar el problema que usted comenta sería el cambio de Administrador, pero, puesto que tiene el apoyo de la mayoría, no será posible.

Habría que saber exactamente a qué se refiere usted al decir que “actúa de parte de algunos vecinos” y “resultar demostrable el incumplimiento de sus obligaciones”, para proponerle alguna línea de actuación.

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