¿Puede la comunidad de propietarios obligarme a quitar unas rejas con carácter retroactivo?

Hace dos años y medio compré un ático el cual incluía unas rejas de acordeón de color blanco (color que a su vez coincide con el de las paredes de la urbanización) y a través de las cuales puedo acceder desde mi salón a la terraza de uso privativo. He de decir que respetan la estética de la urbanización, entre otras cosas porque no son visibles desde el exterior pues el acceso al salón tiene un retranqueo de unos 14 metros hasta la fachada.

Pues bien, en la junta de vecinos del año pasado, un vecino pidió permiso para poner una reja y se lo denegaron condicionado a poner un estilo de reja que se aprobó ese día en junta, acordando simultáneamente que cualquier vivienda con reja ya instalada debería cambiar al modelo decidido.

Pretenden que cambie la reja ( que sólo Dios sabe cuanto tiempo lleva instalada, pues la urbanización es del año 2000) haciéndome yo cargo de los costes. ¿Pueden hacerlo? Yo entiendo que esa decisión tiene carácter retroactivo y por tanto no sé hasta donde puede ser legal que me obliguen a reemplazarla.

(Deduzco que el anterior propietario las instaló sin pedir permiso a la comunidad)

1 respuesta

Respuesta

Los efectos hay que hacer lo que se acuerda en la reunión. Si ha habido una modificación de elemento común y esta no ha sido aceptada en asamblea como tal es contraria a la voluntad de la misma por lo que no es correcta su ejecución.

Muchas gracias por la respuesta...

pero la reja lleva instalada antes de que comprara la casa (más de 3 años por lo menos). Además que no creo que afecte a elementos comunes. Da a mi terraza que ni siquiera se ve desde el exterior del edificio.

Ya si la culpa no es de usted, pero tampoco de la comunidad. Si la comunidad decide sobre ella será porque entiende que es elemento común y lo que no es privativo es común. Si la modificación fue por culpa del anterior propietario la carga la lleva la propiedad por lo que corresponde a esta, y en este momento es usted el poseedor.

La reja da a una terraza que es de uso privativo de la vivienda...

De todos modos, no existe plazo en el que prescriba la carga. ¿La comunidad puede reclamarlo siempre que quiera, inclusive si han pasado 10 años desde la instalación de la reja?

Muchas gracias de antemano por la ayuda

Una ultima sentencia a dicho que la prescripción de obras no consentidas en la comunidad sería de 30 años. Pero adelantarle que para darle una respuesta a su caso concreto habría que analizarlo con toda la documentación en mano. Es decir, escritura y actas. Asi como informe de perito.

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