¿Descalcificador comunitario se puede desautorizar?

En nuestra comunidad somos varios vecinos que en su día invertimos en un descalcificador particular, e incluso en algunos casos en una preinstalación antes de que se ejecutase la obra.

Ahora hay un grupo de vecinos interesados en juntarse para conseguir un descalcificador comunitario que pasaría por el paso general del agua y por tanto llegaría filtrada a nuestra casa (y a la de todos los que ya tienen descalcificador instalado).

¿Podemos desautorizar la instalación de un descalcificador comunitario? Según técnicos imparciales sería desaconsejable una doble filtración del agua, y actualmente con nuestro descalcificador tenemos incluido que el agua que sale por todos nuestros grifos es perfectamente potable.

He leido que se puede aprobar si 3/5 partes de los propietarios están de acuerdo, ¿pero esto es así incluso cuando puede perjudicar la calidad del agua de un vecino?

2 Respuestas

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La solución es sencilla: Ustedes no participarían de esa obra y todos los gastos correrán por cuenta de quienes la quieren. Ustedes están en el pleno derecho de que no se les toque su acometida de agua y si por algún acaso lo hacen deberán dejarlo como estaba inicialmente. Si los vecinos aprueban la obra ustedes deharán constancia en el acta de reunión el voto negativo a la obra y lo que aquí recomiendo.

Buenos dias de nuevo.

Le agradezco la respuesta pero me habían dicho que si lo aprueban 3/5 partes de los propietarios de la comunidad, se realizará la obra independientemente de mi negación. 

Me he esperado a que se produzca la reunión oficial y votación, y efectivamente se ha aprobado por mayoría.

El tema es que el descalcificador aprobado por la comunidad no solamente conlleva un coste (hay que hacer derrama), sino que además perjudicaría claramente la calidad de mi agua.

Nosotros en su día solicitamos a la constructora una preinstalación para poner un descalcificador (la comunidad son todo casas adosadas), y tan pronto como pudimos compramos y nos instalaron un descalcificador.

Según parece y si hago caso a nuestro administrador, si 3/5 partes lo aprueban, no tenemos nada que hacer. He preguntado si ese descalcificador comunitario podría hacerse sin pasar por mi casa (es decir, que en la entrada general hicieran un salvoconducto), pero me decían que los expertos habían comunicado al Presidente que esa opción era muy complicada o casi imposible (esto lo desconozco).

Si entiendo su respuesta, quiere decir que yo puedo decir a la Comunidad que aunque se haya aprobado por mayoría, no pueden tocar la acometida de agua a mi vivienda?? y también que yo no tengo que pagar nada de esa instalación puesto que ya tengo la mía particular??

Si es así, me daría usted una gran alegría, pero de ser cierto, qué legislación es la que me ampara o a que estamento oficial puedo ir a preguntar para que respalde mi postura?

Muchas gracias de nuevo

En la LPH sobre los acuerdos y sobre tienen voto negativo para una obra no esencial.

Respuesta
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Si se alcanza el acuerdo, la forma de "desautorizarlo" es mediante la impugnación:

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906#adieciocho 

De todos modos, ¿sabe si habría alguna posibilidad de instalarlo sin que afectara a todos los propietarios? Quizá (aunque suponga alguna modificación adicional) es posible derivar la canalización de los que sí quieren, separándola de los que no, antes del descalcificador.

¡Gracias! 

Buenas de nuevo.

A la respuesta de Isaguiver Mongar, el cual parece tener claro el asunto, me gustaría que lo detallase.

Me explico; ya se ha comprobado que se podría realizar una bifurcación de nuestra toma de agua particular sin que ello perjudique que el resto de vecinos coloquen un descalcificador común.

Sin embargo, mis peticiones fueron no consideradas en la junta de vecinos y a priori se ha llegado a un acuerdo en el cual nosotros pagaremos ese descalcificador además de no poder usar el nuestro privado (quedará inutilizado) .

Hemos intentado todas las vías posibles e incluso el administrador llevo al colegio la duda de si con mayoría simple se podía aprobar que nuestro descalcificador fuera pagado por la comunidad para que así todos los vecinos tengamos exactamente el mismo coste por uno común, pero aparentemente el colegio respondió que necesitaba 3/5 partes lo cual no se ha dado.

Efectivamente, a no ser que haya algo de esta ley que se me escape, no me queda otra opción que reivindicar mis derechos (y la consecuente perdida económica) por vía judicial.

¿Alguien puede aportar algún detalle más al respecto?

Gracias

Dado que le parece más satisfactoria la respuesta del Sr. Mongar, debería usted publicar su nuevo mensaje bajo el de él. De ese modo, le llegará un aviso y podrá responderle.

De todos modos, podrá ver en su perfil que es de Colombia, donde la ley no tiene que ser igual que aquí.

Disculpa por el error Poliplos.

no es que me parezca más satisfactoria. Creo que la respuesta que me da usted se parece más a lo que me voy encontrando según avanza el caso. Sin embargo como este hombre (el señor Mongar) no ha dado detalles (y creo que yo había aclarado que estamos en españa) quería ver si él tenía conocimiento de algo que se nos hubiese escapado.

ya digo que disculpe, le pondré a él la pregunta y le agradezco haberme respondido.

No se disculpe. Es usted libre de buscar las respuestas donde le parezca más oportuno. Yo sólo pretendía indicarle que, si quería recibir una ampliación de la respuesta del Sr. Mongar, debería "colgar" su mensaje bajo sus respuestas, para que él reciba un aviso.

No obstante, le reafirmaré mi opinión. La Ley en España concede el derecho a las Comunidades a alterar elementos comunes y a establecer nuevos servicios, como sería el del descalcificador, mediante la adopción de un acuerdo por mayoría de las 3/5 partes. Por tanto, si su Comunidad ha decidido instalar un descalcificador comunitario y lo ha aprobado por esa mayoría, puede hacerlo y es perfectamente legal. Como le indiqué anteriormente, a usted sólo le quedaría la opción de impugnar ese acuerdo, al considerarlo lesivo para sus intereses. Pero, si me permite, opino sinceramente que sería una pérdida de tiempo y de dinero.

Como le sugerí también anteriormente, considero que la única alternativa viable, consistente y favorable para todos, sería que ese descalcificador se instalara de manera que sólo diera servicio a los vecinos interesados, si técnicamente es posible y no supone un importante sobrecoste económico.

Buenas de nuevo Poliplos, 

Efectivamente, técnicamente dicho descalcificador se podía instalar para dar servicio a los interesados, pero según el administrador yo tendría que seguir pagando dicha instalación, al haber sido aprobada por más de las 3/5 partes suficientes. Es decir, instalarían un "servicio" que perjudica el mío particular y además si pido que no lo instalen para mí, de todos modos yo pagaría por su instalación comunitaria. Vamos, muy justo todo...

Lo que al final me he resignado es a tener que pagar mi instalación privada, su desinstalacion, y ahora la comunitaria...y la ley parece ser que no me ampara...un lujo..

¿Cuál es el coste de esa instalación? ¿Le supone un pago superior al equivalente a tres cuotas ordinarias de gastos comunes?

Si es así, puede usted negarse a pagar.

Lea el artículo 17.4 de la LPH.

No, ya se aseguraron bien que el coste fuese inferior a tres cuotas. Aunque el mantenimiento y los sacos de sal que habrá que pagar entre todos no esta en dicho presupuesto.

Comprendo...

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