Contrato venta o donación entre esposos

Mi esposa y yo tenemos separación de bienes mediante escritura notarial previa a la celebración del matrimonio. Hace unos años ella compró un terreno rústico y con licencia escrita del ayuntamiento construyó en el mismo una vivienda, que se terminó hace unos cinco años, existiendo de todo ello las correspondientes escrituras públicas de comienzo y finalización de obra, con anotación en los Reg. De la Propiedad de todo ello, y pago de todos los impuestos. Yo he hecho aportaciones dinerarias a la construcción en cuantía inferior a las que ha hecho mi esposa, pero se puede decir que todo el trabajo de la construcción lo he llevado yo, trabajando físicamente en la obra y organizando todo lo que se ha hecho. Ahora, mi mujer y yo estamos de acuerdo en que ella me ceda la titularidad o propiedad de lo construido en una cuantía de 1/3 (33%), para compensarme por mis trabajos y mi aportación en dinero, pero sin que me entregue dinero alguno, con lo que pasaríamos a ser dueños los dos: 66,6% ella y 33,4% yo, pero no queremos elevarlo a escritura pública para evitar todos los gastos que se producirían.

Nos gustaría saber:

1º Si es aconsejable hacer un contrato privado en los términos que he indicado con la firma de nuestros dos hijos mayores de edad como testigos.

2º Si se puede hacer como venta o como donación (creo que esta fórmula es mucho más barata a la hora de pagar impuestos en caso de que algún día decidiéramos hacer escritura notarial) en lo que supongo que sería propiedad proindiviso.

3º Si el contrato que hagamos se puede elevar a público en cualquier momento a instancia de cualquiera de los cónyuges o es necesario que estén de acuerdo los dos y,

4º Si es legal hacer el contrato en tantos por ciento sin especificar cantidad, reconociendo y aceptando ambas partes la nueva titularidad.

Quizás me estoy excediendo en mi consulta, pero tengo un mar de dudas.

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Respuesta

Contesto por orden:

1.- Un documento privado no es lo mas conveniente para ese tipo de operaciones, solo tendrá valor entre vds., esto es si por cualquie motivo vd necesitara disponer de su parte en ese inmueble no le serviría para ello el documento privado.

2.- Efectivamente su esposa puede venderle o donarle la parte que consideren oportuna, lo más caro de eso es la carga impositiva, ITP en la compraventa, impuesto sobre donaciones en el otro caso, éste último es más gravoso.

3.- Para elevar a escritura pública el documento de 1.- es necesario que acudan los dos al notario, por eso le señalaba la limitada eficacia de un documento privado en estos casos.

4.- No veo problema alguno en que su esposa le ceda un porcentaje de la propiedad.

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