¿Tengo derecho a la Legitima de esta herencia?

Voy a exponer en la brevedad posible el caso

Mi abuela mi padre y mi tío...

Mi padre fallece y en vida mi abuela nos deja a escoger de 2 fincas a escoger estando mi tío presente, nosotros la casa y mi tío el jardín y terreno.

Mi abuela hizo el testamento a los 5 meses de morir mi padre con lo que se había hablado... Hoy 12 años después ya no esta igual que lo que se hablo... Mi abuela al año y medio la incapacito mi tío por alzheimer y fue mi tutor mi tío, problemas familiares nos distanciamls 1 poco con mi tío mi hermano y yo.

Ahora tengo la copia del testamento que tengo que ir a firmar al notario y sale...

El piso donde hemos vivido toda la vida como parte legitima para mi hermano y yo valorado en 20.000eur y la casa y los terrenos( que se había hablado anteriormente) todo para mi tío...

¿Tengo yo derecho junto con mi hermano por parte de mi padre de la parte legitima de la casa y terrenos? Ya que me han comemtado que un 25% del valor que tendría que tasarla... Pueden explicarme más o menos por favor... Ayer llame a mi tío al enterarme y me salto ( anteriormente con buena relación) y me dijo que el era el hijo y que era máximo heredero que con el piso ya teníamos bastante...

Mi abuela tenia 2 pisos y la casa grande con terreno.

¿1 piso vivíamos mi familia padre madre y hermanos y abuela y en la otra mi tío tía y hijas por eso yo y mi hermano hemos salido perdiendo... Tengo derecho a la legitima por parte de padre de esa casa y terreno?

1 Respuesta

Respuesta
2

Lo primero es decir la comunidad autónoma, pues las legítimas difieren de unas a otras. Hay que ver en que fecha hizo el nuevo testamento y si ya estaba diagnosticada de alzheimer o a punto de estarlo. Si fuese así podéis impugnar el testamento.

Si no habéis visto el nuevo testamento lo podéis pedir.

Veo que tienes el testamento. Compara la fecha con la fecha de la incapaitación.

Si eso es lo que voy a investigar ahora...

Soy de catalunya, tarragona. ¿En este caso tendría la legitima de la casa del pueblo por parte de padre de mi abuela? O me equivoco.

Muchísimas gracias por su ayuda!

En Catalunya la legítima solo es un cuarto de la herencia. Los otros tres cuartos son de libre disposición. Eso quiere decir que del cuarto de legítima había que hacer dos partes, una para tu padre y la otra para tu tío. Vosotros tenéis que compartir la parte de tu padre.

Que los otros tres cuartos sean para tu tío es indiferente porque se los pudo dar a cualquiera. Si os ha dado un piso, mientras iguale o supere el valor de esa octava parte que correspondía a tu padre (la mitad del cuarto), está cubierta la legítima.

Pero en tu caso yo averiguariacsi ya estaba enferma cuando hizo ese testamento, porque si lo impugnais y lo declaran nulo, valdrá el testamento anterior y si no hubiera ninguno, os tocaría la mitad.

Hola muchas gracias por responder.

La verdad que lo de enferma no lo se tendría que investigarlo...

Sobre la legitima el piso esta valorado en 20.000eur lo pone en la copia del testamento ultimo oficial... pero la casa con terreno seguro que vale más de 300.000 eur... por eso le comento si me puede explicar. Es la 1era vez que me pasa esto. Gracias

El valor que cuenta es el real, lo que ponga la escritura no importa. De hecho muchas veces la gente no se pone de acuerdo en cual es el valor real y entonces hay que recurrir a la tasación. Insisto en lo de la enfermedad. Dices que a tu abuela la incapacitaron al año y medio, luego sabes cuando fue. Y si tienes el testamento, tiene la fecha. Seguro que en el historial médico de la seguridad social de tu abuela consta cuando le diagnosticaron la enfermedad. Y debió ser bastante antes de que la incapacitaran, porque no te incapacitan hasta que ya estás muy mal. Como descendiente directa tienes derecho a pedirlo y si resulta que hizo el testamento estando ya enferma puedes impugnarlo. Y el hecho de que lo cambiara para favorecer a su tutor es un punto a tu favor, que sugiere abuso de su posición como tal.

Si no tienes el testamento pídelo. Si tu tío no te lo da, lo hará el notario.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas