Buenas, ¿Un padre puede dejar un testamento donde no deja nada (solo la legitima) a la única hija?

Voy a exponer mi caso: yo soy italiano, mi madre nació y vivió 22 años en Barcelona, después se casó con mi padre (italiano) y desde esa fecha (1972) mi familia vive establemente en Italia. Naturalmente mis abuelos siempre han vivido en Barcelona; hacen unos once años se ha muerto mi abuelo, que ha dejado como heredera universal, mi abuela, dejando a mi madre solo la legitima, y substituyendo-la vulgarmente en caso de muerte de mi abuela antes de el. Ahora mi abuela también se ha muerto, pero ella en su testamento, de todo lo que ella heredó (en este caso la herencia es solo dinero), ha dejado igual solo la legitima a mi madre, dejando como heredero universal un hermano suyo. La pregunta es si un padre (en este caso mi abuela) puede dejar la única hija sin nada, solo con la legitima, dejándole todo a mi hermano (y el lo ha substituido vulgarmente con un instituto o un hospital algo así..). El hecho es que mi abuela fue hospitalizada en un centro privado desde el 2010 porque sufría de alzheimer, el testamento ella lo escribió en el 2009.

Pero por ejemplo se tienen prueba de su semis-enfermedad mental (o no se si total) en el hecho que, para citar uno ejemplo entre todos, ya hacen mas que 20 años seguía repitiendo que mi madre era una total extraña y ella no tenia una hija y algo así.. También mi abuelo sufrió de una enfermedad como 6 años antes de morirse, y cuando se murió, en el 2003, mi abuela no ha dicho nada a ninguno, tampoco a la única hija.. Que ha descubierto tramite tercera persona de la muerte de su padre... Ahora también mi madre se ha ido varias veces a visitarla, y mas frecuente (como unas 2 o 3 veces cada año) en estos 4 años que estaba hospitalizada. Puesto todo lo que ha pasado, en familia nos preguntamos si es "justo" que mi madre que es la única hija solo tenga derecho a la legitima, o si tiene algún derecho sobre la herencia de mi abuela, pudiendo buscar una solución antes que el hijo del hermano heredero (porque el hermano también es una persona anciana) pueda irse a reclamar ese dinero, y como un "total extraño" que nada que ver con mi abuela y mi familia, pueda agarrarse toda la herencia.

1 Respuesta

Respuesta
1

Ante todo indicarle que por la redacción de la pregunta no queda claro si el heredero universal es hermano suyo y por lo tanto nieto de la fallecida o hermano de ella en cuyo caso no es heredero forzoso.

La pregunta tiene importancia pues varía la parte de legítima de la que no puede disponer la testadora siendo en el primer caso de un tercio para su madre y en el segundo se ampliaría a dos tercios, pues éste segundo sirve para mejorar a un hijo o nieto y el tercero (el de libre disposición) como bien se indica puede dejárselo a quien quiera.

Deduzco que la herencia de su abuelo no fue repartida, por lo tanto también se puede reclamar.

Si desea ampliar la consulta puede hacerlo de forma gratuita y personalizada llamando al 915487550 o a través de

[email protected]

[email protected]

He leído ahora y de verdad escribí mal en ese caso, el hermano es el hermano de mi abuela, osea por mi madre seria su tío, y claramente no es heredero forzoso, fue solo que ella lo ha puesto en el testamento como único heredero, y por lo que sabemos nosotros, hice un testamento así porque ya estaba enferma de cabeza, no sabemos si porque este tío la obligó o la estafó en alguna manera (durante los últimos años antes de enfermarse de alzheimer y terminar hospitalizada en ese instituto, ha dejado que este tío vivía con ella en su casa -la casa de mi abuela- , prácticamente desde la muerte de mi abuelo, que como contaba, cuando falleció en el 2003 ella no ha dicho nada a ninguno y lo ha enterrado así a la escondida.. tampoco ha ni avisado de su muerte, ni a mi madre osea la única hija) y puede ser que que durante ese periodo, osea de después del 2003 (no sabemos desde cuanto precisamente) hasta el 2010 (cuando fue hospitalizada), en esos años que ha vivido junto a este tío, el en alguna manera la convenció a hacer este testamento en el cual expresamente no deja nada a la única hija, solo la legitima pero nada mas que eso, y deja todo el dinero a el. Al pesar que también se puede veer raro que un notario publico ha aceptado de redactar y dar validez a un testamento de una señora tan anciana como mi abuela, que lo ha escrito mas o menos en el 2009, que ya tenia 80 años, y en el cual expresamente no dejaba nada a la única hija, sin ni preguntarse si ella podía ser perfectamente capaz de decidir con lucidez o si sufría de alguna enfermedad mental, puesto que no ha pasado ni un año después de ese testamento y han tenido que hospitalizarla por alzheimer.. que obviamente ya sufría de eso desde antes de hospitalizarla.

La herencia de mi abuelo fue repartida así como su testamento decía, osea a mi madre le tocó la legitima (que recibió) y mi abuela se agarró todo, el dinero en 2 cuentas bancarias que eran intestadas a los 2 (osea a mis abuelos, marido y mujer), un terreno y una casa. Todo ya estaba intestado a nombre de mis 2 abuelos, y a la muerte de mi abuelo, mi abuela se ha convertido en la dueña de todo: por ejemplo fue dueña de toda la casa, y la casa la vendió, el terreno no sabemos si lo ha vendido, y el dinero pasó enteramente en sus manos. Así que lo que queda ahora (de parte del terreno que pero eso se tendrá que verificar, y en todo caso no tenia mucho valor) es solo el dinero.

Le agradecería si me aclara eso de un tercio y 2 tercios, ponemos por ejemplo que la herencia de mi abuelo eran 100.000 euro; por el código de Catalunya (si no me equivoco) la legitima debería ser como un cuarto, 25.000 para mi madre y lo demás para mi abuela, y ahora la legitima de parte de mi madre por parte de mi abuela entonces debería ser mas alta o siempre 25.000 ?

Muchas gracias por su atención.

Riccardo

Se me olvidaba, naturalmente si en la respuesta puede ser tan amable de ponerme en cuales artículos y de cuales códigos está escrito el fundamento legal, para yo poderme orientar también sobre como aconsejar mi madre por como moverse, ya que a según si ella querrá o menos, también después ella hará todo el tramite con un abogado, por cuando podrá estar en Barcelona; y como hasta ahora ya pidió unas consultas a unos bufetes legales, y hasta uno de ellos le pidió dinero por una simple opinión legal y no fundamentó la respuesta con ningún articulo así que solo sabemos si algo "se puede o no se puede hacer" pero no sabemos en donde está escrito lo que le han dicho. Muchas gracias.

Riccardo

Efectivamente la legítima en Catalunya es un cuarto, toda la regulación consta en el Codi Civil de Successions, aquí lo fundamental es conocer si se ha perjudicado esa legítima y para ello necesitamos una información más concreta. Le recuerdo que nos puedes facilitar un teléfono para contactar con usted o bien llamarnos al 915487550 o comunicar por estas vías
www.willsandlaws.com
www.pfasociados.es
[email protected]
[email protected]

Buenas, claro todo los datos y para que se ponga en contacto con ustedes a través de la pagina web que me ha enviado; estoy hablando con mi madre por eso, y también mientras estoy esperando de recibir el testamento de mi abuela para poder disponer de eso y ser mas específico. Mientras yo solo preguntaba 2 cosas, la primera era si a un hijo le puede tocar mas que la legitima, si alguna ley que le da derecho a la herencia de sus padres y que no sea solo la legitima, y la segunda era si ese testamento se puede invalidar ya que fue escrito desde una señora anciana que unos meses después se ha tenido que hospitalizarla por alzheimer y que ya hacen años no estaba bien de cabeza... Y claro también de poder leer los artículos que fundamenten una respuesta, el código civil de catalunya igual lo leí (por eso yo mismo le dije que la legitima era un cuarto) pero es bien grande y habla de cualquier hipótesis posible, mientras que a mi me serviría solo mi caso.

La legitima repito no se ha perjudicado, la del testamento de mi abuelo mi madre "la recibió" y se supone que recibirá también la de mi abuela (puesto que no se si hay una manera de enviar un escrito a mi tío, osea su primo, para que el no se vaya a pedir la herencia de su padre -osea el tío, el hermano de mi abuela que ahora está enfermo- y se agarre hasta la legitima de mi madre y que en el testamento de mi abuela esta escrito que la deja a mi madre).

Pero el problema no es la legitima que al 99% le tocara, sinó que el problema es lo demás de la herencia, que será toda por este hermano de mi abuela, que ademas está enfermo entonces se la agarrará su hijo.. esto es lo que no debería suceder.

Esperando una respuesta de mi madre que también me diga si quiere empezar una acción legal y si le conviene, yo intentaba solo de informarme sobre esas 2 preguntas, ya que como le contaba, cuando mis padres se han ido a preguntar a bufetes legales de Barcelona, hasta pagando, no han recibido nada mas que respuestas genérica, sin ningún fundamento legal, y siempre eran de entenderse como que "no conviene porqué es un camino difícil y es probable que va a perder la causa".. yo solo intentaba de encontrar una manera porqué francamente me parece bien "injusto" que un casi "extraño" que nada tiene que ver con mi familia, al final será el heredero de todo lo que era de ambos mis abuelos, los padres de mi madre que ha sido su única hija. Gracias.

Como es lógico se le siguen quedando dudas en el tintero que, como ya le he indicado, podemos resolverle de una forma más rápida y certera a través de nuestras web o por teléfono, de esta forma entre el técnico que le atienda y usted se establecerá una conversación que permitirá que afloren todas las cuestiones ya planteados e incluso nuevas que le puedan servir en el futuro. Es por ello que tratándose de una consulta gratuita y sin ningún compromiso para usted le invito a que la realice

Le recuerdo nuestros contactos

Llamarnos al 915487550 o comunicar por estas vías
www.willsandlaws.com
www.pfasociados.es
[email protected]
[email protected]

Aun si no recibí el fundamento legal para comprobar lo que me dijeron, sino que solo una respuesta genérica, pero igual agradezco mucho la puntualidad y la atención que recibí, así como la competencia de quien ha seguido mi caso y en parte aclarado mis consultas. Gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas