Seguro de vida de la hipoteca

Mi padre ha fallecido hace poco y tenia un seguro de vida de la hipoteca

Mis hermanos han hablado con el banco y dice que no le cubren la hipoteca y que mi madre tiene que seguir pagando las dos partes

Todavía no sed ha abierto el testamento y ya le han devuelto a mi madre lo de la clausula suelo, ¿Eso se puede hacer? ¿Se supone que eso también debería de ser repartido NO?

No se lo veo todo muy raro y no me dicen nada

5 respuestas

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Respecto al importe de la cláusula suelo si se lo devolvieron antes del fallecimiento debe estar en las cuentas del fallecido para considerarse parte del caudal hereditario. En el caso que le hayan devuelto la cantidad tras el fallecimiento, debe ser a partes iguales es decir, el 50% de la devolución es para su madre, y el otro 50% de la cantidad devuelta debe ir a nombre de su padre fallecido e incorporarse en el caudal hereditario. Espero haberle ayudado, si tiene cualquier duda puede contactar conmigo.

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Respecto al seguro de Vida... es posible que su padre tuviese contratado un capital inferior al capital concedido, (o muchas veces hacen 2 seguros, cada uno por la mitad del capital concedido, uno para cada cónyuge) por por lo que aún cobrando ese capital su cónyuge deba seguir pagando las cuotas de la hipoteca por el resto del capital que quede pendiente. Contacte con su banco y que le expliquen cual es el capital que tenia contratado en el seguro de Vida y asegúrese de que el capital contratado es lo que le han abonado.

Mi consejo siempre es que, si no esta familiarizada con estas gestiones, cuente con los servicios de un abogado para asegurarse de que cobra lo que le corresponde.

Respecto al tema de las devolucion de la clausula suelo no es mi ramo, pero veo que ya le ahn asesorado a este respecto.

Ellos dicen que hace falta algo del promotor de la vivienda 

No se algo muy raro

¿Licencia de primera Ocupación? Debe pedir al banco que le digan exactamente la documentación que tienen que aportar para cobrar ese seguro de Vida.

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No lo entiendo. Lo normal es que el banco tenga un seguro de amortización, que es un seguro de vida que cubre la deuda hipotecaria en caso de fallecimiento.

Creo que lo primero que tienes que hacer es comprobar que seguro tenía tu padre, que capital cubría y en que condiciones. No te conformes con lo que te dice el banco. Si tienes la póliza del seguro y no la entiendes pregunta a alguien que si entienda o a un abogado.

Puede ser que haya condiciones que no cubra el seguro, como por ejemplo quitarse la vida voluntariamente, pero lo normal es que el banco haya suscrito una póliza que cubra la deuda de la hipoteca.

Seguros de Hogar

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Por lo que das a entender tus padres están separados, si no es así disculpa.

Lo primero que tienes que hacer es ir al registro de seguros de vida para saber cuantos seguros de vida tenía tu padre, puedes ver donde esta en tu provincia aquí http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/areas-tematicas/registros/registro-contratos-seguros

Cuando tengas ese dato podrás ver si hay mas de una póliza a nombre suyo.

Lo siguiente que tienes que hacer es solicitar al banco copia de la póliza y comprobar quien es el beneficiario de la misma, si hay una persona designada es la que tiene que cobrar la indemnización del seguro de vida, tienes que aportar el certificado de defunción y el carnet de identidad. Si no hay designado beneficiario tienes que esperar a las últimas voluntades o testamento del fallecido y el seguro de vida se pagará en forma que diga el mismo.

Si el seguro de vida tiene de beneficiario el banco, el mismo tiene que amortizar el capital y si sobra algo pagárselo a los herederos legales.

En cuanto a lo de la clausula suelo entiendo que tiene que ser en dos partes, si están separado estarían en separación de vienes y si no lo están y no tienen separación de bienes serían gananciales y entiendo que lo podría cobrar sin problema.

Si tienes alguna duda mas, me preguntas otra vez.

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Si tenía un seguro para cubrir esa hipoteca, parece que ahora debería esa aseguradora amortizar esa hipoteca, lo mismo lo de la cláusula suelo.

Debería pedir más información con "papeles a la vista"

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