Omitir aviso de tanteo y retracto en venta de indiviso

Tengo una vivienda con mi hermano al 50% ya escriturada y mi hermano ha recurrido a una empresa de compra de indivisos. La
vivienda no tiene hipoteca, ni cargas ni inquilinos. Ya compre a esta empresa su parte y tengo la vivienda a mi nombre. Ahora
bien, he leído que según el código civil me debía de haber avisado antes de la venta para que ejerza mi derecho a tanteo y
retracto. ¿Puedo tomar alguna medida contra mi hermano o demandar por no haberme avisado?.. Como una indemnización por ejemplo.

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Conforme al Código Civil vd tuvo derecho de retracto sobre la venta realizada por su hermano dentro de nueve días contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta. Ahora ya no puede reclamar nada

Gracias por la información,  ¿Tampoco le podría demandar por daños y perjuicios al haber incumplido el no avisarme?

Gracias

En el Código Civil no hay obligación alguna de preavisar, donde existe esa obligación, derecho de tanteo, es en el retracto de inquilinos

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