¿Pueden mis vecinos poner un tendedero que da a mi patio de propiedad, Cayéndome prendas y agua de ropa mojada?

Soy propietaria de un bajo con patio. Los vecinos del primero han puesto un tendedero en la facahada que da a mi patio, cayéndome prendas y agua. ¿Pueden ponerlo si el patio es mio de propiedad?

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Tal como lo describe, imagino que es un patio interior, por lo que no creo que el Ayuntamiento se oponga. Si se tratase de una fachada visible desde la calle, posiblemente sí existiría una normativa que lo prohibiera). Si la normativa municipal no lo prohíbe y la Comunidad de vecinos lo autoriza, sí se podría poner. Usted comenta que el patio es suyo en propiedad. Lo normal es que sea comunitario de uso privado. En cualquier caso, es indiferente que el patio sea suyo (de usted) en propiedad o común, de uso privado. Usted sí puede reclamar en caso de sufrir molestias por ello. No tiene que soportar que la ropa gotee encima de sus cabezas. Si sufre estas molestias, hable con el Presidente para que avise a los vecinos. Hoy en día, las lavadoras sacan (o pueden) sacar la ropa tan seca que no gotea. Un buen centrifugado y se acabaron las "goteras".

Buenos días de nuevo y siento las molestias! El patio es efectivamente de mi propiedad, y donde ellos tienen el tendedero, a pesar de estar en fachada interior, es fachada igualmente, y no han pedido permiso para poner allí una cuerda, lo cuál requeriría unanimidad, no (por ser fachada)?. Ya no es solo que la ropa gotea o caen pinza a mi patio, sino que además visualmente es horrible y si cuelgan sabanas incluso llegan a tocar mi ventanal. No puedo hacer nada? De hecho, el vuelo de mi patio (es decir, la verticalidad de la zona de mi patio) no es mía dado que el patio es de mi propiedad? Gracias. Es que realmente me molesta mucho y quiero estar segura de poder pedir que lo quiten

Comprendo su indignación. Es totalmente cierto que no son sólo las posibles molestias. Ver la ropa tendida no es un espectáculo agradable. Afea terriblemente las vistas.

No obstante, hace tiempo que para alterar zonas comunes no es necesaria la unanimidad. Basta con las 3/5 partes de propietarios y cuotas.

Hable con el Presidente de la Comunidad y comuníquele su negativa a soportar el tendedero, al menos mientras no se solicite y conceda el permiso necesario.

Buenas de nuevo y lo siento otra vez! Uno de los problemas es que quien tiene el tendedero es precisamente el presidente. Somos tres vecinos, yo tengo el 40% de cuota y cada uno de los otros dos tiene el 30%. Con mi negación a la puesta del tendedero habría suficiente para no ponerlo? Gracias de nuevo 

Me temo que no. Si usted vota en contra, pero los otros dos votan a favor, tendríamos:

2/3 de propietarios = 66% de propietarios

30%+30% = 60% de cuota

Por tanto, con un 66% de propietarios que reúnen un 60% de cuota quedaría aprobado, al alcanzar en ambos casos el mínimo del 60%.

Todo ello no implica, no obstante, que su vecino pueda colgar la ropa de forma que quede por debajo del nivel de su piso, invadiendo la zona de usted y tocando, por ejemplo, su ventanal (tal como usted comentaba).

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