Contrato de trabajo temporal y modelo 145

Soy nuevo en esto, recientemente he conseguido el certificado Silcon para dar de altas y bajas a través del Sistema RED en una empresa que ya tiene su código de cuenta de cotizcacion porque ya ha tenido otras altas y yo ya estoy autorizado en dicha cuenta.

El caso es que no se cómo o desde donde tengo que sacar el contrato de trabajo temporal (he visto algunos que son del servicio andaluz de empleo de la junta de Andalucía), en la web de la junta de Andalucia

http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo/web/websae/portal/es/empresa/comunicarContratacion/tiposContratos/duracionDeterminada/index.html?tipoContrato=5 

¿Desde esa web redacto el contrato temporal?, ¿Y luego que hago?, ¿Lo tengo que remitir a la junta de Andalucía o a algún sitio?
Y con respecto al modelo 145, según Hacienda sólo es para que lo tenga el trabajador, lo relleno y le doy su copia al trabajador, ¿y ya esta?

Por favor, ayudenme a resolver estas dudas, creo que los pasos difíciles ya los he dado, de manejar el Sistema RED y tener el certificado Silcon, lo que me queda, creo que no es complicado.

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Dado que nadie de por aqui a respondido a mi pregunta, aprovecho yo para responderme a mi mismo, y así de paso, ayudo a personas que puedan estar interesados en Andalucía:

Modelo 145: sí, este modelo no necesitas presentarlo a Hacienda, de hecho en la web de Hacienda así lo indica.

Para dar de alta a un trabajador (siempre tiene que autorizarte inicialmente el autónomo o empresa, para que des de alta y baja a trabajadores), se necesita:
- Sacarse el certificado Silcon (hay que personarse en la seguridad social).
- Conseguir el número de autorizado para manejar el sistema RED, que se accede de forma online desde la web de la seguridad social.
- Y por otro lado, hay que instalar algun programa (yo he instalado el Gescontrata) que te lo descargas desde la web de la Junta de Andalucía.- Rellenar la solicitud para autorización y entregarla en una oficina de Servicio de empleo de la Junta de Andalucía y ya puedes comunicar el alta y baja y los contratos que realices.

Todo este proceso está permitido tanto para asesores como pequeños empresarios que quieran llevar sus propios papeleos sin depender de ningun asesor fiscal ni laboral, tanto la seguridad social como la junta de Andalucía lo permiten (para uso de la propia empresa) y te ayudan a tramitar todo y te informan de forma muy eficaz.

Si alguien tiene algo mas que aportar, mejor para la Comunidad!

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