Puede el catastro inscribirme una obra nueva con uso diferente al de objeto del inmueble?

He construido una nave de aperos en Andalucía en una parcela rústica cuya finalidad legal es la de nave de aperos. Al llevar la documentación al catastro para registrar la obra nueva con el modelo 902N y presentar las correspondientes fotografías me han comentado en la ventanilla que por las fotos es posible que el catastro decida catalogar la edificación como vivienda y no como nave de aperos, independientemente del uso para el que ha sido construida, teniendo en cuenta las supuestas buenas terminaciones o la forma del edificio. Mi pregunta es si pueden hacer eso aun en contra de mi parecer y que implicaciones legales tendría ya que en teoría no pueden construirse viviendas en suelo rústico, al menos si justificar y las multas son cuantiosas por ello.

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Las cosas del castastro son a veces así de "cachondas". Si algún técnico del castastro ve que tu construcción tiene un acabado "superior", tipo vivienda, pues le da por ahí y te lo da de alta como vivienda. A efectos legales no pasa nada. Pero tu empezarías a pagar impuestos como si tuvieras una vivienda en lugar de pagar por un almacén, que es un 60% menos.

Luego usted tendrá que ir varias veces al catastro, con fotos, con informes técnicos y demás para que le cambien la calificación para que vuelva a ser un almacén y pagar los impuestos que le corresponde de verdad.

Son así. Mis experiencias con el catastro son siempre bastante ingratas.

Una de las últimas que he padecido un cliente, con el que he acabado haciendo una buena amistad, fue la siguiente:

El señor tenía su vivienda y en la misma parcela una nave donde tenía su negocio.

Como se iba a jubilar, decidió partir la propiedad y quedarse el y su mujer con la vivienda y en otra propiedad la nave con el negocio para sus hijos.

Hicimos los trámites municipales y partimos una propiedad en dos. Así de sencillo.

Pues durante más de 20 meses hemos tenido que dar una y otra vuelta al catastro porque se empeñaron en hacer mal los trámites y darle de alta una vivienda y una nave nueva, sin darle de baja la propiedad antigua de casa y nave, con lo que pasó a tener 3 propiedades y a pagar una pasta de impuestos.

Además la sensación de ir al catastro fue siempre como si la culpa fuera de mi cliente. Aún le pedían explicaciones a él de como tenía eso así, cuando desde el primer momento todos los documentos municipales y de notario decían claramente que lo único que se quería era partir una propiedad para tener dos.

En fin. Lo del catastro es siempre un disparate.

Hola. Ya me han calificado las construcciones. La nave de aperos como residencial 3-9 ( que no sé lo que es), la alberca como piscina y el cuarto de bombeo como agrícola. La cuestión es que aunque se que voy a pagar más ibi, no se cual sera la transcendencia, si la hay, en cuanto a posibles inspecciones del seprona, dado que cualquiera que consulte la web del catastro vera un edificio residencial y piscina donde su uso esta prohibido y aunque yo pueda e demostrar que el uso es agrícola, ya de entrada, empezarían los problemas.

En fin, no se si echar el recurso de reposición al acuerdo remitido por el catastro o no. Por otra parte he estado viendo construcciones similares en la misma zona y también figuran, ya no como almacen, sino como vivienda. No sé que hacer!

La verdad es que no se como funciona el catastro en Andalucía, pero yo creo que detrás de esa declaración está únicamente un ánimo recaudatorio.

Yo pagaría la liquidación que le corresponde por le alta que le pasa el catastro, para que después no le liquiden intereses de demora y cosas de esas, pero como ya le dije, presentaría la documentación necesaria para que se lo den de alta como lo que realmente es. Al presentar la solicitud, le deberían de mandar un informe que diga en base a que criterios se lo dieron de alta como vivienda y piscina, y a partir de los argumentos que usen, podrá usted alegar y presentar un informe técnico, documentado con fotos y medidas de lo que realmente tiene.

Ya le digo que mi experiencia con el catastro es siempre agotadora y no suelen ser trámites ni sencillos si cortos en el tiempo, pero debería de defender su derecho a que le inscriban los bienes que realmente tiene.

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