Expediente regularización catastral con CSV

Hace unos años adquirí una finca rústica de secano. A los dos años aproximadamente compré dos casetas prefabricadas para instalar en dicha finca, una de ellas de unos diez metros para meter aperos y la otra de unos 35
Metros.
Hace unos días, recibí notificación postal del catastro en la cual se me notifica que se procede a regularizar la descripción catastral de los inmuebles que se relacionan y entre ellos figura como bienes inmuebles:
- Vivienda de 30 metros (que es una de las casetas prefabricadas)
-Almacén de 10 mentros (que es la otra caseta prefabricada en donde meto los aperos)
En la identificación del bien inmueble figura como clase "urbano" y uso "residencial", cuando la finca es rústica y ni siquiera tengo acometida de agua potable para que me la consideren de uso residencial ni clase urbano.
¿Hay posibilidad de presentar reclamación alegando que no entiendo el porqué de identificar como urbano y residencial los 40 metros correspondientes a las casetas prefabricadas?
Se me comunica que tengo que pagar la tasa de regularización catastral de 60 euros y que el ayuntamiento donde se localiza el inmueble determinará la cuota del IBI. Al finalizar el documento figura año 2016, base liquidable 94, 46 euros. ¿Es esto lo que se supone que a partir de ahora voy a tener que abonar de IBI?
También se me notifica que en caso de que no formule alegaciones o en el caso de formularlas manifestara conformidad, esta propuesta se hará definitiva y la alteración quedará incorporada al Catastro desde el 1 de Enero de 2007. ¿Por qué desde esa fecha si yo las casetas prefabricadas me las instalaron años más tarde?
¿Qué supone para mi que la alteración quede incorporada al Catastro con efectos desde el 1 de Enero de 2007?
Hasta ahora nunca se me había notificado que tenía que pagar IBI por esta finca rústica de 1040 metros. ¿Desde cúando está esta normativa de expedientes de regularización catastral con CSV?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

El catastro esta realizando expedientes tomando como base imágenes aéreas de las parcelas.

El IBI es un impuesto complejo y hay que estudiar el caso concreto, para ver si puede y que puede alegar. Y no solo le reclamaran este año, sino los años no prescritos e incluso desde el año 2007.

En las alegaciones, tendrá que indicar todos los datos necesarios, como la fecha de instalación de las casetas...

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