¿Se consideraría accidente laboral una lumbociática repentina?

Resulta que trabajo como policía. Tengo dos provisiones en L2-L-3, así como hernias discales en L4-L5 y L5-S-1. Las hernias, según electromiografía, son de evolución crónica, activas e inestables. Todo esto me lo diagnosticaron hace un año. Resulta que llevó dos meses fatal, puedo llevar moderadamente bien mi vida fuera del trabajo, pero cuando estoy trabajando lo llevó muy mal. Debido a mi profesión de riesgo, al peso que llevamos en el cinturón, al estrés, etc. Estoy tomando relajantes musculares, antiinflamatorias y un antidrepresivo, ya que me está afectando psicológicamente no poder desarrollar mi trabajo con normalidad. Mi pregunta es: si estoy en el trabajo, y de repente me da un episodio de lumbociática (ya que son hernias con irradiación) ¿Se consideraría accidente laboral? Lo preguntó porque me han dado últimamente unos tres episodios de lumbociática, pero me ha pillado librando en el trabajo.

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Respuesta

Dispone el art.115.2 de la LGSS que tendrán la consideración de accidente de trabajo las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo; y también las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

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