Mi marido se quiere divorciar

Tengo una niña de 4 años y otra de 11 meses. Casado en gananciales. Yo trabajo con un temporal de seis meses, él es indefinido. Lleva tiempo amenazando con que si no se separa de mi es porque no me puede quitar a las niñas, vamos, porque cree que tal y como son las cosas no conseguiría la custodia. No sé si me lo dice por hacer daño en las discusiones o porque realmente lo piensa. El caso es que me da miedo que en algún momento de el paso, incluso estoy pensando darlo yo... Harta de amenazas de este tipo. Quisiera saber qué posibilidades tengo de que le den a él la custodia... Somos de Madrid, casados en gananciales, niñas de 4 años y otra de 11 meses. Yo contrato de momento de seis meses, él indefinido.

3 Respuestas

Respuesta

Lo primero es lo que de común acuerdo pactéis en lo referente a vivienda familiar, guarda y custodia de las menores, pensión de alimentos, etc.

Si no llegáis a ningún acuerdo, el Juez decide. Lo peor que te podía pasar es que os dieran la guarda y custodia compartida, 15 días cada uno, aunque siendo la pequeña menor de un año, no se que decirte. No sabría decirte como conjugaría el Juez el que una sea tan pequeña, y el que pudiera dar la compartida solo respecto de una hermana

¡Gracias! Entiendo entonces que a partir de que la pequeña cumpla el año sí podría dar la compartida de las dos niñas?. En Madrid la suelen otorgar? y si yo no estoy de acuerdo en la compartida aunque sí en un régimen de visitas abierto?

Siendo tan menor, que ni siquiera andará, no creo que le dieran la custodia compartida, pero lo que te decía, también valoran los jueces el que estén las dos hermanas juntas, con lo cual no me arriesgaría a ir por vía contenciosa y negociaría un convenio regulador, con visitas 3 días a la semana pero sin pernocta, hasta que la menor cumpla tres años por ejemplo. Te apretará en cuanto a la cuantía de la pensión económica a las hijas... tu sabrás hasta donde puedes llegar

Y hacerlo de mutuo acuerdo es siempre más barato, y menos perjudicial para todos.

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El divorcio directo, sin reparación, lo puede pedir los dos o un solo conyuge. Se puede hacer de "mutuo acuerdo" o de forma "contencioso" (digamos, luchando en los juzgados).

Cuando se solicita la demanda de divorcio uno de los trámites claves el el "Convenio regulador" donde se tiene que decidir:

-Quién va a tener la guarda y custodia de de la niña, que como es pequeña se la suelen dar a la madre. El padre no pierde la "patria potestad", los derechos de ser padre.

-El régimen de visitas para que el padre vea a la niña.

-El uso y disfrute de la vivienda que se la dan a la niña y a la madre.

-La pensión alimenticia para los gastos de la niña.

-La pensión compensatoria para la madre, según los años de casados, edad de la madre y trabajo.

Si hubiera peligro de violencia o malos tratos, se pueden "medidas provisionales" para actuar antes.

En caso de que estén casados por la Iglesia católica, para volver a casarse hay que pedir antes la nulidad. Si se casan sin la nulidad la Iglesia considera que existe adulterio y se le puede negar la comunión en misa. Si uno de los conyuges separados es la víctima del otro, la iglesia considera que no tiene culpa y puede comulgar, pero no puede vivir con otra pareja, pues ya sería adulterio.

Tras el convenio regulador otro trámite importante el la "Liquidación del régimen de gananciales" donde se dicen todo los bienes que tienen, el valor de los bienes y lo que le corresponde a cada uno. En este caso se hace una división pero la propiedad de los bienes es de los dos. La liquidación de gananciales les hace pasar de un matrimonio que tienen todo sin división, a una especie de socios que tien bienes juntos, es como su usted ha comprado una casa con su hermana, son una sociedad al 50%.

Para que el piso y la hipoteca pase de dos propietario (ustedes) a un propietario (usted o él) tiene que hacerse una "escritura de extinción de comunidad de bienes" para vender uno de la pareja la mitad del piso que le corresponde a la otra pareja. Cuando el piso es de un solo propietario, se puede poner la hipoteca a nombre solo del nuevo propietario.

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Posibilidades de que a el le den la compartida mínimas salvo que Vd. Tenga un horario de trabajo que le impida llegar a su casa a horas que no sean intempestivas, la custodia compartida hoy por hoy para disgusto de unos y regocijo de otros se están dando las justitas.

El ex ministro de Justicia Gallardon elaboro un anteproyecto de Ley en pro de la compartida y dos años después continua metido en un cajón, es decir, ni caso o caso omiso.

Si reside en Madrid puedo derivarle a dos colegas expertos en Derecho de Familia, que no le cobran la primera consulta presencial en el despacho.

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