¿Vivienda de más de 100 años sin cobertura de daños propios?

Mi consulta es porque tengo filtraciones de agua que me ocasiona el vecino de arriba de su lavabo, aparentemente de su desagüe del wáter que ocasionalmente cuando su cisterna continua cayendo agua porque la válvula de descarga no cierra bien, cansado de que no solucione el tema, llamo a mi compañía de seguro de hogar y me dicen que me las apañe, porque como la finca tiene mas de 100 años esta no esta cubierta por los daños que me ocasione el vecino de arriba, mueble baño bufado, techo marcado por la humedad etc, ¿es posible que pagando un seguro de 200€ no me puedan enviar a un técnico para ver que esta pasando? Tengo cobertura: daños propios por agua: fugas y roturas de grifos, tuberías o llaves de paso, omisión de cierre de grifos y/o llaves de paso, la respuesta de la compañía es que mi finca tiene mas de 100 años y no pueden cubrir ni siquiera una asistencia en domicilio, ¿pude haber alguna compañía que cubra estos casos?

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Respuesta

Da igual que tu vivienda tenga más de 100 años, si está en buen estado y rehabilitada íntegramente la cia de seguros debe atender los daños que se originen y que estén dentro de las coberturas de la póliza.

Hola, entiendo que el problema es que la compañía que tengo contratada no cubre los daños propios por la antigüedad de la finca? solo a terceros? esto es lo que me a dicho la compañía.

mis coberturas de agua ponen:

Garantías y Coberturas:

  • daños propios por fuego:
    • incendio, explosión e implosión y humo
  • daños por fenómenos atmosféricos:
    • rayo, viento y pedrisco
    • lluvia
    • inundaciones
  • daños propios por agua:
    • fugas y roturas de grifos, tuberías ocultas o llaves de paso
    • omisión de cierre de grifos y/o llaves de paso
  • rotura de cristales:
    • cristales de puertas exteriores, ventanas, cerramientos y espejos fijos
    • loza sanitaria (aparatos sanitarios de barro cocido y esmaltado)
    • mármoles y granitos de encimeras fijas de baños
  • robo o intento de robo dentro de la vivienda:
    • robo de bienes
    • daños por robo o intento de robo
  • responsabilidad civil:
    • causada por la vivienda
    • originada por la familia
  • daños estéticos:
    • daños estéticos en la vivienda (límite 600€)
  • ampliación de coberturas en caso de urgencia:
    • devolver la luz a la vivienda
    • apertura o cerramiento de puertas
    • ¿con esto puedo reclamar a la compañia los desperfectos que me ocasiono el escape de agua del vecino?

Claro que cubre los daños propios, lo indica la propia póliza de la cia de seguros.

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