¿Puede un presidente de la comunidad por sí solo cambiar la gestoría que se encarga de la administración de la comunidad?

¿Puede un presidente de una comunidad de vecinos cambiar la gestoría que se ocupa de la administración de la comunidad por sí mismo? ¿O necesita convocar una reunión para ello? ¿En este caso que aforo y votación debe haber para poder proceder al cambio?

3 respuestas

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Para poder cambiar de administrador de la comunidad, el Presidente debe convocar una reunión y se debe aprobar por la mayoría del total de propietarios y cuotas de participación en primera convocatoria y por la mayoría de propietarios asistentes que también representen la mayoría de cuotas en segunda convocatoria.

¡Gracias! Muy útil ti respuesta. 

Disculpe, pero en el caso de la segunda convocatoria es necesario el acuerdo de la mayoría de propietarios asistentes que representen la mayoría de cuotas de participación de la totalidad de la comunidad o sólo de los asistentes?

Muchas gracias. 

En segunda convocatoria, mayoría de cuotas solo de los asistentes.

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No tiene que hacer una junta.

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No. Esos servicios deben ser aprobados en junta. Ni el presidente o el administrador o ambos pueden tomarse esa atribución. Una cosa es que ellos son los representantes legales de la comunidad y por lo tanto son los "de firmar contratos" que hayan sido aprobados por la comunidad como por ejemplo obras de mantenimiento y conservación de edificios, pero otra muy diferente es que puedan cancelar ese tipo de contratos sin el aval de la comunidad.

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