Baja por recaída en la cual no paga nadie

Si tienes baja por recaída antes del periodo obligatorio de meses de alta para baja por recaída por la misma patología o similar, según dictamina el INSS.. Y como tal, estás sin cobrar pero te ves obligado a darte alta para cobrar.. ¿qué se puede hacer si desde que dictaminó el INSS has empeorado y es imposible volver a realizar el mismo trabajo?

La empresa no te adapta al puesto a pesar de tener una discapacidad de 44% por la Comunidad de Madrid.. ¿denuncio a inspección del trabajo? ¿Al INSS?

Respuesta

Hay que tener muy en cuenta los plazos en este aspecto, por lo que a la mayor brevedad posible y gratuitamente le brindo la posibilidad de ponerse en contacto con nosotros para avanzar y tomar, las medidas necesarias en el 645 198 004 o en [email protected]

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