Deducción por matrimonio y por rendimientos trabajo en nueva reforma fiscal

Me he descargado el texto publicado hace unos días referente a la nueva reforma fiscal. Lo he leído pero no he encontrado en él ninguna mención a la deducción por matrimonio ni a la deducción por rendimientos del trabajo. ¿Quiere decir eso que estos puntos permanecen igual que estaban?

Respuesta
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En la reforma existen unos nuevos tipos de retención sobre los rendimientos del trabajo. Sin lugar a dudas es una de las cuestiones que más interesan a los asalariados ya que pueden incidir en el líquido a percibir mensualmente en las nóminas. Se reducen los tramos a cinco, en lugar de siete, bajando los tipos máximos y mínimos. Para el 2015 el tipo mínimo es del 20% hasta una base de 12.450 euros anuales y el máximo es el 47% para bases superiores a 60.000 euros anuales. El 2016 se reduce el mínimo al 19% y el máximo al 45%.

CONSEJO: estos no son los tipos que veremos reflejados en la nómina, pensión, etc. ya que existen diferentes circunstancias específicas de cada contribuyente que influyen en su cálculo. Cada año la AEAT ofrece un servicio de cálculo de retenciones, adjunto el enlace aunque el 2015 creo que todavía no está disponible:https://www2.agenciatributaria.gob.es/wcl/PRET-RW00/index.zul?e=2014

Por los que se refiere a los nuevos mínimos familiares informarle que estos actúan de umbral a partir del cual no se tributa. El mínimo por contribuyente se eleva de 5.151 euros a 5.550 euros. Este importe se incrementa cuando el contribuyente tenga más de 65 años en 1.150 euros anuales y cuando tenga más de 75 años en 1.400 euros anuales.

Mención expresa merece la elevación del mínimo por descendientes, sobre todo los dos primeros tramos y el incremento por un menor de 3 años (antes de la reforma era 2.244 € y después será de 2.800 €).
                                     En 2014 Reforma
Primer hijo: 1.836 € 2.400 €
Segundo hijo: 2.040 € 2.700 €

También se modifican otros mínimos por ascendientes y por discapacidad.

¡Muchas gracias! Solo una pequeña consulta adicional: ¿en qué ley/norma/decreto viene todo esto que me has explicado? Me gustaría encontrarlo y descargármelo.

Yo le recomiendo el siguiente enlace de la AEAT dónde puede encontrar la normativa así como un documento dónde se explican las principales novedades de la reforma del IRPF (yo me decantaría por leer este último documento).

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas__IRPF_/_INFORMACION/Novedades/Publicadas_en_2014/Ley_26_2014__de_27_de_noviembre/Ley_26_2014__de_27_de_noviembre.shtml 

También le proporciono dos enlaces más muy ilustrativos (empiece por el primero):

http://cincodias.com/tag/reforma_fiscal/a/ 

http://cissfiscal.ciss.es/Reform/Content/Inicio.aspx 

¡Felices fiestas!

M. Sans

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