Consentimiento instalación fibra óptica en fachada.

Soy el propietario de un local comercial y presidente de la comunidad de vecinos. Una operadora de telecomunicaciones de fibra óptica me ha dado un papel para que de mi consentimiento a que instalen por la fachada el cableado de fibra óptica. Me dicen que no es necesario el consentimiento y que lo instalarán de igual manera pero que me da este escrito para notificarlo.

Supongo que esto no será cierto y necesitarán mi consentimiento para que puedan pasar el cableado por la fachada de mi local comercial, puesto que si no fuera así no querrían que firmara un papel dando mi consentimiento.

He leído la ley 9/2014. De 9 de mayo, General de telecomunicaciones pero no he encontrado ninguna referencia si debe de dar el consentimiento la comunidad de vecinos o en mi caso el propietario del local comercial.

Si encontré algún artículo que hacía referencia al proyecto de ley que enviaba el consejo de ministros al congreso en el cual decía: que si un residente quería acceder a la fibra óptica no se podría negar a la instalación la comunidad de vecinos, pero en la ley definitiva aprobada no encuentro referencia a si debe de haber o no consentimiento.

¿Me podéis decir si es necesario mi consentimiento para que pase el cable por mi local comercial en la fachada y en qué ley lo puedo estudiar?

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Este cableado que comentas está dentro de la regulación para las "Infraestructuras Comunes de Telecomunicación". Estas infraestructuras se regulan según un complejo marco normativo en el que destaca el RDL 1/1998. Ahora bien, las compañías telefónicas SI que deben de pedir permiso a las Comunidades de Vecinos ya que se está alterando la estética del edificio al pasar cableado por la fachada.

La mayoría necesaria es de una tercera parte de los propietarios que a su vez representen la tercera parte de las cuotas de participación. Lo puedes leer en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que se estará aprobando es la instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación.

Estamos a su disposición si tiene alguna otra pregunta. Por favor, si la respuesta le ha sido útil ¿Nos puede poner una valoración en Google o en Facebook? http://bit.ly/ReseñaGoogle  Facebook: https://www.facebook.com/Fincasmistral

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Entiendo que el cableado va expuesto a la vista y eso modifica la vista general en fachada por consiguiente se debe pedir permiso a la comunidad. El operador desconoce que cualquier modificación que se haga a las fachadas debe ser con permiso de la comunidad y que esto conste en un acta de reunión de vecinos donde se apruebe por mayoría esa intervención. Ten presente que ni siquiera en tu local comercial puedes dejar instalar nada que se vea como parte de la fachada. La única forma que puede entrar ese cableado es por la parte interna del local y a su vez por la parte interna de cada piso. Como este trabajo es muy dispendioso se practica hacer el cableado expuesto pero siempre con el consentimiento de la comunidad. Se presenta el caso en que la mayoría de vecinos aprobó el cableado pero unos cuantos (los que votaron en contra) no permitieron conectarse al cableado instalado. En el tiempo quisieron conectarse y se les autorizó con la condición de que la fachada la debían dejar tal como estaba sin parches o remiendos de pintura... es sabido que con el paso del tiempo la pintura se decolora y aunque consiguieron la misma marca y el mismo tono igual se observaban los parches en la pintura... resumiendo les tocó contratar un profesional para "difuminarla" de tal suerte que se hiciera imperceptible a simple vista.

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