Antenas de televisión

Hace dos meses compre un ático en cádiz capital y en breve se realizara la primera reunión para la creación de la comunidad. El problema es que el ático nunca estuvo habitado y los vecinos colocaron sus antenas de televisión individuales en la fachada del ático, incluidos los anclajes de dichas antenas quedando la pared exterior de mi casa con un entramado de hierros y alambres. Al estar el edificio en el casco antiguo hay un decreto del ayuntamiento por el cual las antenas deben ser reemplazadas por una sola antena colectiva por edificio. ¿Hay alguna forma de obligar a los vecinos a colocar dicha antena colectiva lo antes posible o en su defecto colocar las antenas individuales en la azotea comunitaria?

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Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/1998 queda prohibido la instalación de antenas
parabólicas en los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal
La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación
(Antenas parabólicas entre ellos) regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la
adaptación de los existentes, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un
tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas
de participación.
La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras
comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior sobre aquellos propietarios
que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con
posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros
energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas
en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido,
debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.
Ademas, la fachada es un elemento común y la instalación de las antenas por los propietarios requiere
el consentimiento del conjunto de los propietarios.
Exponga esto en la Junta y si no atienden su petición, acuda de nuevo al ayuntamiento y trate de poner
una denuncia administrativa y si no deberá acudir al Juez para que este actúe en consecuencia.
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