Residir en España y teletrabajar para empresa extranjera (con contrato)

Se me plantea la situación de trabajar para una empresa en Reino Unido desde España. Es decir, teletrabajar. Por lo tanto, mi residencia fiscal será España pero mensualmente estaré pagando los impuestos en Reino Unido (de hecho cobraré en libras en una cuenta en Reino Unido).

Sé que al residir más de 183 días en España tengo que pagar impuestos aquí. Las preguntas son las siguientes:

- ¿Existe algún espacio en la declaración del IRPF anual para informar de las rentas obtenidas en el extranjero?

- En caso de declarar en España, ¿se compensarían las cantidades satisfechas en el extranjero mes a mes?

- En cuanto a la seguridad social, me suena que se puede exportar desde un país a otro de la UE, pero todo lo que he leído es una vez hayas terminado el trabajo en el otro país, y yo en mi caso estaré trabajando de continuo pero viviendo en España. ¿Cómo se debería hacer para que las cantidades que voy satisfaciendo a la SS del Reino Unido se tengan en cuenta en España? (No quisiera quedarme en España sin el derecho a la Sanidad)

- En caso que haya un método para el anterior punto, y teniendo en cuenta que las cantidades satisfechas a la Seguridad Social deducen de la base imponible a la hora de calcular el IRPF, ¿cómo habría que hacer para que al declarar en España yo pudiera deducirme dichas cantidades satisfechas a la SS de Reino Unido?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Efectivamente, usted será residente fiscal en España y por lo tanto, tendrá que pagar por todas sus rentas mundiales en España. Tendrá que tener en cuenta el convenio para evitar la doble imposición internacional entre ambos países, y en aplicación de este convenio, indicar estas cantidades cobradas y los impuestos pagados en UK en su declaración de Renta en España. Es posible que este obligado a presentar declaración también en UK, como no-residente, por esas rentas del trabajo. En algunos casos, incluso puede encontrarse con que ambos países le consideran residente fiscal...

Este tipo de situaciones son complejas y se puede encontrar con gran numero de problemas en cuanto a la seguridad social y la fiscalidad... En muchos casos, la solución mas sencilla para ambas partes, es que usted se de alta en España como profesional o incluso que constituya una sociedad, para trabajar para esta empresa, mediante facturación y no con nomina... En otros casos, una filial de la empresa de UK es la que le contrataría en España.

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