Irme a vivir a UK darme de baja en hacienda

Soy residente española, fui autónoma durante 12 años hasta el pasado mes de febrero de este año. No tengo prestación de desempleo.

Soy socia en dos SLs pequeñas que se dedicaban a la explotación de dos bares, los cuales ahora están cerrados y las SLs inactivas.

Soy propietaria de un piso que heredé de mis padres hace unos 18 años, el cual tiene una hipoteca que constituí cuando me hice empresaria, y que ahora tengo alquilado.

No tengo ningún otro tipo de ingreso.

Me voy a trabajar a UK, ¿qué pasos debo seguir en hacienda para darme de baja a la hora de dejar de tributar en España?

El beneficio que tenga por el piso alquilado, ¿lo tengo que declarar en España o en mi declaración en UK?

No quiero ser residente fiscal en España, ¿cómo me doy de baja?

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Usted ha de notificar a la Agencia Tributaria su nueva residencia en UK, y así pasara a ser residente fiscal en allí, pagando por todas sus rentas mundiales en ese país. El primer año, dependerá de la fecha en que usted lo comunique, pues puede que ambos países le consideren residente fiscal.

Como usted tiene un inmueble, conforme al convenio para evitar la doble tributación internacional, ha de presentar declaración de no-residente en España, por el beneficio de fiscal del alquiler, que al ser residente en un país comunitario, se aplicaran las reglas y normal del IRPF. Hacienda puede solicitarle un certificado de la residencia en UK.

Estos ingresos y pago de impuesto de no residente en España, a de incluirlos en su declaración en UK, acogiéndose al convenio y así no pagar dos veces...

No olvide para sus cuentas bancarias, comunicar que usted ya no es residente fiscal en España.

El impuesto de no-residentes, actualmente se devenga el 31 de diciembre y tiene usted de plazo todo el año siguiente para presentarlo.

Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web. Presentamos gran numero de declaraciones de no-residentes anualmente.

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