Jubilación del empresario y continuidad del negocio por otra persona, que indemnización pertenece a los trabajadores
Un empresario autónomo se jubila y el negocio lo continúan los hijos. Uno de los trabajadores le gustaría coger dos años de paro y a los 65 la jubilación. ¿El empresario le tiene que indemnizar? Si es así, ¿Por cuántos días habría que indemnizarle?. El no quiere continuar con los nuevos propietarios.
Respuesta de Jose Manuel Fdez Puente
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