¿Cese voluntario por impago de nóminas?

Llevo 12 años trabajando en una empresa con contrato indefinido. Me deben 4 nóminas del año pasado y he hecho una reclamación de cantidad primero ante el CMAC y luego ante el juzgado. Ahora mismo la empresa esta en concurso de acreedores y están dando a todos los trabajadores facilidades para irse (derecho a paro y 20 días de indemnización por año trabajado)menos en mi caso, ya que dicen que mi puesto de trabajo es imprescindible. Me ha salido otro trabajo y no quería perder la oportunidad, así que viendo la situación y con el impago de nóminas, he tenido que pedir un cese voluntario con los quince días de preaviso. Mi pregunta es, ¿tengo derecho a una indemnización por impago de nóminas y derecho a paro, aparte del finiquito?.

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Tienes derecho a reclamar las cantidades pendientes con un interés por mora del 10%, así como a tu finiquito.
Pero no tienes derecho a indemnización ni a prestación por desempleo, de momento, por haber dado tu baja voluntaria.
Hubieras tenido derecho a extinguir la relación laboral con indemnización si hubieras reclamado judicialmente por incumplimiento grave del empresario, pero el trámite habría durado hasta ganar el juicio.
Hola, llevo 12 años trabajando en una empresa con contrato indefinido. Me deben 4 nóminas del año pasado y he hecho una reclamación de cantidad primero ante el CMAC y luego ante el juzgado. Ahora mismo la empresa esta en concurso de acreedores y están dando a todos los trabajadores facilidades para irse (derecho a paro y 20 días de indemnización por año trabajado)menos en mi caso, ya que dicen que mi puesto de trabajo es imprescindible. Me ha salido otro trabajo y no quería perder la oportunidad, así que viendo la situación y con el impago de nóminas, he tenido que pedir un cese voluntario con los quince días de preaviso. Mi pregunta es, ¿tengo derecho a una indemnización por impago de nóminas y derecho a paro, aparte del finiquito?. Gracias.
Hola, eso es lo que yo tenia entendido pero he visto por internet algunos artículos relacionados con el tema y por lo visto, si hay justificación para pedir el cese voluntario es distinto. Por otra parte, ala hora de firmar el finiquito, pueden darme pagarés sin fondo, ¿es mejor antes de firmar que lo haga mediante el CMAC?
Con la baja voluntaria no tienes derecho ni a indemnización ni a prestación por desempleo. Entendiendo por baja voluntaria la comunicación directa a la empresa informando de la intención de dejar voluntariamente la empresa.
Si reclamas judicialmente en base al art. 50 del E.T., también se trata de una extinción de la relación laboral de forma unilateral por parte del trabajador, pero al seguir el procedimiento establecido en la Ley se tiene derecho a una indemnización y a la prestación por desempleo. Como en la baja voluntaria no se sigue el procedimiento no se tiene derecho.
La empresa debe pagarte lo que te debe, si no lo hace tendrás que exigirlo judicialmente, iniciando el procedimiento de la reclamación con la presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC o CMAC.

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