Baja maternal y fin de contrato

Tengo contrato hasta el 30 sept (ahora estoy de baja de riesgo por la mutua) y mi fecha probable de parto es el 7 octubre. Mi duda es si me conviene más apuntarme al paro y después cobrar la baja maternal o adelantar la baja maternal al 30 de sept y después solicitar el paro.

¿La cuantía de baja maternal es la misma en los dos casos? Si adelanto la baja maternal, ¿mi marido también la tiene que adelantar su descanso?

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Tanto si adelanttas la baja por maternidad como si solicitas la prestacion por desempleo la cuantia a cobrar es la correspondiente al 100% de la base reguladora y durante las 16 semanas de maternidad no se descontara del paro los dias de baja por maternidad: Por ejemlo si adelantas la baja por meternidad al terminarse el contrato, se sigue cobrando la baja por maternidad, que la continúa pagando el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta finalizar el plazo de las 16 semanas (los cuatro meses de maternidad) o tener el alta médica. Esto es lo general, pero hay empresas que tienen acuerdos con las Mutuas, que son las que pagan en lugar del INSS. Hay que preguntar en la empresa. Cuando se termina el periodo de baja por maternidad, se abre el plazo de 15 días para solicitar las prestaciones por desempleo siempre que el trabajador tenga derecho a ellas por cumplir los requisitos de cotización, etc.Por lo tanto, no se descuenta del tiempo de duración del paro los días en los que la madre estuvo en baja por maternidad.

Si estás cobrando el paro, y se produce la baja por maternidad, a partir de ese momento se suspende el pago del paro y la prestación por maternidad la abona la Seguridad Social, el INSS. Mientras dura la baja no se consume el paro. Cuando termina la baja por maternidad hay que solicitar la reactivación de la prestación por desempleo. El plazo es de 15 días hábiles y se volverá a cobrar el paro por el mismo importe y duración que había cuando se suspendió.. Por otra parte aun que tu adelantes la baja por maternidad no la tiene porque adelantarla tu marido si no que la puede solicitar cuando le corresponda hacerlo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno.

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