Gastos suntuarios y recibos exhorbitados.

La comunidad de propietarios donde vivo (80 vecinos), ha aprobado unas obras por valor de más de 100 millones de las antiguas pts, a ejecutar y pagar en un año, con financiación particular (se ofreció una conjunta, que los vecinos rechazaron). Ademas, se van a cambiar las cabinas de los ascensoresque están en perfecto estado de uso, así como otra serie de gastos, que no obedecen a la conservación y mantenimiento de la casa.
En mi caso, ¿los recibos a pagar serán de unos 600?, ¿Cuándo habitualmente son de unos 175?. ¿Es esto legal?. ¿Qué puedo y como debo hacer en el caso de que no lo sea?. ¿Qué debo hacer para no pagar los gastos suntuarios y quien dice que estos lo son?.
Perdón por la extensión y gracias anticipadas.

1 Respuesta

Respuesta
1
Si como me dices las derramas están aprobadas en el Acta, y si tu no estabas presente en la misma, debes hacer una impugnación ante el juzgado, es muy fácil y no necesitas abogado. En principio, y según la ley de propiedad horizontal no se puede obligar a los vecinos a pagar los gastos para mejoras en el edificio cuando la derrama supone más de 3 veces la cuota mensual de la comunidad, circunstancia que se cumple en tu caso. Habla con tu administrador y recuérdale que se mire la ley, en mi opinión, no te pueden obligar a pagar si, como tu dices los gastos son innecesarios.
Si estuviste presente en la reunión no puedes impugnar el acta (es para los no asistentes). Lo que debes hacer es ir a hablar con tu administrador y comentarle que mire bien la Ley de Propiedad Horizontal, en el art. 11 y 17, ya que tu crees que el acuerdo es ilegitimo de pleno derecho.
Espero que te haga caso y se retire lo acordado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas