Incapacidad total permanente

Buenos días.
Un familiar paso el tribunal medico hace unas semanas. Su intención era que le dieran un grado de invalidez, pues ha sufrido varias operaciones que le limitan ciertos movimientos.
Vive en Madrid y tiene 53 años.
El tiene dos trabajos, uno entre semana de 8 horas, y otro los fines de semana, las tareas que realiza en uno son distintas del otro, es decir que el trabajo entre semana no podría realizarlo, pero si el otro.
Pues la resolución del tribunal medico ha sido, no darle ningún grado de invalidez, si no la Incapacidad total permanente.
Eso quiere decir que no va a poder trabajar mas?
Entendemos que lleva asociada una pensión... Como se calcula?
Gracias de antemano.

1 respuesta

Respuesta

Ese grado de incapacidad le inhabilita para la realización de las tareas de su profesión habitual ahora bien no se si se han tenido en cuenta las dos profesiones que desempeña, para ello hay que ver la resolución de la SS.

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