Como activar una prestación de desempleo cuatro años después

Trabaje por cuenta ajena durante 6 años, hasta que hace casi 4 años lo deje para comenzar la aventura de ser autónomo. Ahora por razones de concesiones tengo que dejarlo y me gustaría saber como podría hacer para activar la prestación de desempleo. Nunca he estado en paro antes, así que seria la primera vez que la uso, y no logro aclararme con cuanto tiempo tendría que trabajar ahora por cuenta ajena para poder acceder a ella.

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Si durante los 6 últimos años has cotizado al RGSS 6 años sin haber echo uso de ninguna prestación por desempleo te corresponden 24 meses de prestación pero para reactivarla tendrías que trabajar por cuenta ajena con un contrato de trabajo de al menos 1 mes siempre que el cese como autónomo se produzca por causas ajenas a tu voluntad porque para que puedas acceder a la prestación por desempleo que tienes acumulado en el momento de solicitar la prestación tienes que estar en situación legal por cese de actividad o lo que es lo mismo por haber tenido que dejar la actividad por cuenta propia Cuando se produzcan motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que hagan inviable continuar con la actividad económica o profesional. Ademas tienes que tener en cuenta que por cada año que permanezcas como autónomo es un año que pierdes de la prestación por desempleo ya que los trabajadores por cuenta propia no cotizan al RGSS ni al SEPE, para el desempleo por lo que al no reponer la prestación por desempleo esta se va extinguiendo.. Por lo tanto si después de haber trabajado por cuenta propia durante 6 años y haber acumulado 24 meses para el desempleo sin haber echo uso de ninguna prestación, te distes de alta como autónomo y a los 4 años te tienes que dar de baja por causas ajenas a tu voluntad solamente podrás recuperar dos años de prestación por desempleo, pero para ello tendrás que trabajar por cuenta ajena y cotizar al RGSS/Y al SEPE/INEM) al menos durante uno o dos meses y finalizar el contrato de trabajo o que se produzca la extinción del contrato de trabajo a instancias del empresario.. En los enlaces que te dejo a continuación te lo explica de una manera muy sencilla.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/seguridad-social/paro-de-autonomos/?gclid=CLGemN636K4CFcjO3wodoxbbkw

http://www.portalautonomos.com/index.php/es/asesoria/?id=51251

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