Excedencia de año y medio

Hola soy de cádiz y haber si me pueden responder lo más pronto posible.
Tengo un contrato indefinido en una tienda de ropa de una marca internacional, me salio un contrato en un hospital como auxiliar de enfermería y acepte me pedí la execendia de 6 meses y ahora me han vuelto a renovar ese contrato y yo quisiera saber si puedo revocar la execencia a un año más que ya seria año y medio de excedencia, bueno pues lo que yo quisiera saber es que tipo de contrato me quedaría después de este año y medio ya que se que mi puesto de trabajo solo me lo guardaría por un año ¿volvería con mi contrato indefinido o me harían un contrato nuevo?

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Puedes renovar de nuevo, la cuestión es que el primer año tienes derecho a la reserva de tu puesto de trabajo y a partir de ahí a UN PUESTO, que puede ser de igual o categoría similar... ingresarías con el mismo contrato, no te hacen uno nuevo... si eres indefinido eres indefinido... eso sí... la realidad es que no es que tengas asegurado el puesto si no que tienes PREFERENCIA de ingreso en tu puesto o similar...
Llegado el momento de incorporarte pueden decir no tienen vacante eso sí, en cuanto la tuvieran tienes que ser tú y no otro al que metan... pero ojo! Podría pasar.. tienes que avisar un mes antes del final de tu excedencia que la renuevas o que vas a volver o se considera baja voluntaria, cuidado con los plazos porque si a tu empresa no le interesas lo va a mirar con lupa...
Muchas gracias por la respuesta me has aclarado la duda y ya me quedo más conforme, pero tengo otra consulta, es sobre la misma tienda. Antes de yo pedir la execencia de los seis meses comenzamos a formar un sindicato para exigirle a la empresa todo lo que no nos estaba pagando como una paga de octubre que teníamos en el convenio y pagar los turnos a partir de las 14.30 de los sábados, nada de eso nos lo pagaba, ahora mientras yo estaba de excedencia han conseguido que le paguen todo, entonces ahí mi pregunta ¿yo tengo derecho a reclamarlo también aun estando de excedencia o no puedo?, mi jefa de la tienda me comento que cuando me incorporara ya vería que se podía hacer pero si yo puedo hacer algo me gustaría saberlo antes y no tengo que esperar a reincorporarme para que me paguen lo que es mio.
Un saludo
Si, tienes derecho a reclamarlo pero a través del Juzgado de lo social, se llama reclamación de cantidades... es un procedimiento relativamente sencillo y como tu empresa ya lopaga... es mero formalismo que les llegue y te lo paguen, tienes derecho a reclamar UN AÑO es decir lo que te debieran hace más de un año ha prescrito.
Normalmente la empresa no lo paga hasta que lo reclamas ya que no tiene penalización para ellos, es como si te vas de la empresa en enero y suben el IPC en marzo.. pues aunque ya no eres de la empresa (y esta si ya no estás no te lo va a pagar voluntariamente) puedes reclamarlo...
Hombre a menos que sea mucho dinero... si quieres volver, y en buenas condiciones... tampoco te compliques mucho ¿no? Ya sé que es lo que te toca... pero a veces es mejor empezar desde el principio y no montar follón y te faciliten tu vuelta... Pero derecho TIENES.

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