Posible paternidad

Hola buenas tardes, tengo un compañero que para el mes de febrero va a ser papá y como es normal se va a coger los días que recoge el convenio además de unos 13 ó 15 días que la seguridad social le paga, es decir, ¿qué son 13 o 15 días lo que la seguridad social paga?
Si es así, ¿Qué trámites debo de realizar con la seguridad social para que este compañero que no viene a trabajar a la empresa perciba el salario que por ley le corresponde?
¿En el TC debo de recoger algún tipo de concepto referente a dicha situación?
En fin, ando un poquito perdida, espero que me puedas ayudar, muchas gracias por todo.

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La paternidad es de 13 días naturales, pero se convierten en 15 días de permiso porque la empresa concede al trabajador los 2 días de permiso remunerados por nacimiento de hijo que se recoge en el ET. La paternidad recibe la misma gestión que una maternidad, en el programa de nóminas, si está actualizado, tiene que tener esa opción, se le entrega el certificado de la empresa para que lo gestione y la SS le abonará esos 13 días.
Pero, ¿en los TC tengo que poner algún código o algo?, ¿Y la empresa tiene que haceralgún comunicado?
Gracias,
Nosotros los TC los generamos directamente con el programa de nominas y solo tienes que rellenar los datos de la baja por paternidad en la opción que tienes para ello.
Si generas los TC a mano, ya te digo que es igual que la maternidad, la empresa no le paga salario durante 13 días porque le paga la SS, pero sí que tiene que cotizar por él, tienes que calcularle la base de cotización igual que lo haces para la maternidad(mes anterior) y consignarla en la casilla en la que solo existe obligatoriedad de cotización por la empresa, la 105 (solo para los 13 días, el resto con el resto de los trabajadores).
La empresa le da al trabajador el certificado que él entrega en la SS.

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