Contrato de servicio de asistencia a domicilio

Mis padres han realizado un contrato (por un año renovable) con una empresa que realiza un servicio de asistencia a domicilio. El contrato implicaba abonar una mensualidad como fianza y el pago mensual del servicio por adelantado. Para finalizar el contrato hay que avisar con un mes de antelación. Durante el primer mes de servicio han incumplido con varios apartados de su servicio y algunos han sido pésimos. ¿Existe algún período de prueba en este tipo de contrato durante el cual, si el servicio no es el ofertado, se pueda anular sin ninguna penalización?. Espero sus aclaraciones, gracias.

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Sin conocer el contrato en concreto, entendemos que hay que cumplir con el mes de antelación que dice usted hay que avisar con antelación.

Tengo claro que tengo que avisar con un mes de antelación; pero como hemos firmado un contrato de un año ¿nosotros podríamos interrumpirlo al segundo mes sin perder la fianza? ¿existe un período de prueba, como por ejemplo en los contratos laborales? (de 7 días, 15 días o 3 meses) para comprobar que el servicio es el adecuado y si no romper la relación?

Gracias.

La legislación establece un periodo de 7 días para el desistimiento de los consumidores. Ahora tendrán que acogerse a la clausula de aviso con un mes de antelación, y pagar los servicios de este periodo, para que les sea devuelta la fianza.

En cualquier caso, le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que les estudie el contrato en concreto.

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