Impuestos de un agente inmobliario

Voy a ejercer la actividad de agente inmobiliario y quería saber cuales son mis impuestos mínimos a pagar, ya que yo cobro todo en efectivo(sin bancos). Cuando digo mínimos me refiero por ejemplo al iva mínimo tengo que pagar ya que como me pagan en metálico... Nadie sabe lo que gano.

He oído que la tarifa plana de 50 euros a autónomos de cualquier edad (yo tengo 36 años), no cotiza a la seguridad social y que es simplemente una forma barata de estar legalmente ejerciendo la actividad pero que por 50 euros que se paga... No se cotiza ¿es cierto?

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No es cierto pero sí parecido, si se cotiza pero por muy poco ya que el pagar 50 €/mes en lugar de los casi 300 habituales es porque se reduce la base de cotización y con ella todas las prestaciones correspondientes salvo las sanitarias que son como las de los demás, lo que si es indudable es que con ello estarías en regla, mejor que sin dar de alta. Además tendrías que hacer la declaración de la REnta todos los años y presentar tus declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que nunca son cantidades fijas, si no que el IRPF se calcula en función de lo que ganas cada trimestre (en concreto deberás pagar el 20% de tu beneficio en ese trimestre, que luego al hacer la renta si has ganado poco en el año te lo devolverán todo y si has ganado mucho tendrás que pagar más, en tu caso seguro que declararás poco beneficio y tus pagos serán pequeños) por lo que respecta al IVA es simplemente el IVA de tus ingresos menos el IVA de tus gastos y la diferencia positiva o negativa la ingresas en hacienda o te la devuelve hacienda según sea positiva o negativa.

Un saludo,

He entendido perfectamente lo del iva e irpf, lo que me sigue la duda es que al yo cobrar en efectivo, ¿en mis declaraciones que declaro lo que me da la gana? Porque si por ejemplo unas ganancias no quiero declararlas no habría problema ¿no?.

He oído a muchos autónomos decir que ellos declaran lo mínimo.

Naturalmente debes declarar todos tus ingresos. Ahora bien, es cierto que lo que cobres en efectivo es difícil que hacienda lo detecte si no existe factura. De todos modos recuerda que está prohibido hacer pagos en efectivo de más de 2500 euros

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