Autónomo en España viviendo en el extranjero

Quisiera plantearles una duda. Soy traductor autónomo, y dentro de poco tengo pensado irme a vivir al extranjero por un largo tiempo (unos 2 años). Al estar mi futuro país de residencia fuera de la Unión Europea, tendré que tramitar un permiso de residencia.
En el momento en que tal permiso de residencia me sea concedido en el país nuevo, ¿he de darme de baja aquí en España en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria? ¿O puedo tener mi domicilio fiscal aquí y vivir (y por tanto en mi caso trabajar desde casa) en el extranjero?
Hay alguna incompatibilidad fiscal o legal que me impida tener un permiso de residencia en otro país, si yo sigo estando aquí dado de alta (y con domicilio fiscal tal y como ahora, ¿por qué lo mantendría) y pagando mis impuestos a España? No me gustaría hacer nada ilegal, pero quisiera seguir cotizando aquí ininterrumpidamente, dado que pienso volver.
Las declaraciones trimestrales y la de la renta las haría telemáticamente, a no ser que finalmente decida encomendarle esa tarea a un gestor de confianza, al cual yo enviaría por correo electrónico todos los documentos necesarios (facturas emitidas, recibidas, etc..). Pienso que lo que planteo es viable y legal, pero me gustaría estar seguro y conocer todas las opciones antes de salir de España.
Respuesta
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¿De qué país se trata? ¿Es un paraíso fiscal? ¿Existe convenio para evitar la Doble Imposición suscritos al amparo de la OCDE? ¿Estas casado? ¿Tienes hijos?
Existe un criterio para considerar que una persona es residente fiscal en España que consiste en que radiquen en nuestro país el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. A la hora de analizar este criterio nos encontramos ante un concepto jurídico indeterminado y su examen deberá tomar en cuenta no sólo la fuente de todas sus rentas y la localización de su patrimonio sino también sus relaciones personales y familiares.
Hola juanparov,
en primer lugar muchísimas gracias por tener la amabilidad de contestarme. No, no estoy casado ni tengo hijos, el país no es un paraíso fiscal, pero veo ahora mismo que sí es uno de los últimos en entrar en la OCDE. ¿Qué significaría esto para mí? No sabía que la OCDE existía, por tanto no tengo más idea que lo que acabo de leer en Wikipedia.
Saludos y mil gracias.
Significa que si existe convenio bilateral entre España y el país al cual te desplazarás, tendrás que seguir la normativa que en el mismo se haya estipulado. Es decir, tendrás que buscar el convenio que hayan firmado ambos países y estudiar lo que en el mismo se dice acerca de la residencia fiscal.
Pues ahora veré si Google me puede decir dónde consultar los detalles del convenio entre ambos países, y veré lo que me afecta en cuanto al domicilio fiscal.
¡Muchas gracias por tu ayuda y saludos!

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