Obligación de presentar el Modelo 130

Me he estado informando en otras preguntas acerca del modelo 130, pero aún no tengo claro si lo tengo que presentar.
Voy a exponer mi caso particular.
Yo me di de alta como autónomo en abril. Desde entonces, sólo he trabajado para un único cliente al que le presenté una factura en junio, que aún no me ha abonado.
La factura incluía tanto el IVA como el IRPF.
1) Si no he tenido aún ingresos, ¿tengo qué presentar el Modelo 130?
2) Si he facturado quitando el IRPF, quiere decir que "más del 70% de mis ingresos ya ha sufrido retención" y entonces no tengo que hacerlo, ¿verdad?
Cuando me di de alta con el Modelo 037 (que no sabía ni lo que hacía) me di de alta en la "Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias".
3) ¿Es esto incompatible con no presentar el Modelo 130? ¿Debería presentar un Modelo 036 para corregir esto?
No sé si es muy importante esto, pero mi método de estimación en el IRPF es directa simplificada (tampoco he conseguido enterarme qué quiere decir eso).
Muchísimas gracias y a ver si alguien me puede echar una mano.

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Contestando a tus preguntas, por un lado, no has de presentar de nuevo un 036-037, como indicas si marcaste la opción de realizar pagos a cuenta era lo correcto. Lo que significa que has de presentar el modelo 130, al estar en estimación directa, cada trimestre.
Ahora bien, existe la obligación de presentar el modelo 130 aunque este sea cero o negativa, es decir, cuando por aplicación de las retenciones a los ingresos, o por cualquier otra causa, el pago fraccionado no determine cuota a ingresar.
Con respecto a que " más del 70% de los ingresos han sufrido retención" no tendrías obligación de realizar pago fraccionado, aunque yo en este caso presentaría el modelo 130 a cero porque existen consultas de la DGT en las que señalan que la no presentación del modelo aunque sea a cero determina la comisión de una infracción tributaria.
Muchas gracias por tu contestación.
Lo que pensaba es que a lo mejor puedo darme de baja (con el 036-037) en lo de presentar los pagos trimestrales y así me quito de en medio al 130.
¿Es eso posible o recomendable?
Hombre posible es, pero no recomendable.

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